La aprobación de la Ley Nº 50, que rige al Instituto Panameño de Deportes, reconoce la autonomía del Comité Olímpico de Panamá (COP), pero esto no será suficiente para que el COI levante la suspensión que le impuso en julio de 2007.
Miguel Sanchiz, presidente de la junta directiva del COP, reconocida internacionalmente, reveló ayer que el dirigente mexicano Mario Vázquez Raña, en representación del COI, le comunicó que "para que exista una posibilidad real de levantar la sanción" es necesaria la aprobación del estatuto del 2002 por parte del Ministerio de Gobierno y Justicia y la inscripción correspondiente en el Registro Público.
Según Sanchiz, a partir de este reconocimiento, el grupo que él encabeza tomará medidas conforme a las normas y procedimientos establecidos en el reglamento del 2002 y así Vázquez Raña podrá solicitar a la Comisión Ejecutiva del COI "la restitución de los derechos suspendidos a Panamá".
Para Miguel Vanegas, quien reclama ser el representante legítimo de la entidad olímpica, esta solicitud "es una muestra más de que Sanchiz y compañía buscan pasar por encima de las leyes locales". "El estatuto del 2002 ya fue rechazado por el Ministerio de Gobierno y Justicia por ser violatorio de las normas deportivas locales. En el 2004, ellos mismos (Sanchiz, Melitón Sánchez y otros) llevaron ese estatuto donde Manuel Pinzón (ex director del INDE), quien se los aprobó. Yo interpuse una demanda contencioso-administrativa y los tribunales declararon ilegal la aprobación de ese estatuto por parte del INDE, sostuvo Vanegas.
Actualmente, el reglamento del COP -que data de 1970- es el que está vigente en las entidades gubernamentales antes mencionadas.
Por su parte, Sanchiz indicó que es el estatuto del 2002 y no el del '70, el que actualmente tiene la aprobación del COI, y el que las entidades estatales lo acojan es un "requisito indispensable" para que se anule la suspensión y así los atletas panameños puedan asistir tranquilos a los Juegos Olímpicos de Beijing el próximo mes de agosto.
"Nosotros estamos actuando de acuerdo a la Carta Olímpica y a la Ley Nº 50, que establece claramente que el COP se rige de acuerdo con sus estatutos y reglamentos aprobados por el COI", concluyó Sanchiz.
DATO: 10 DE ENERO
Fue la fecha en la que el mexicano Mario Vázquez Raña, presidente de la ODEPA y miembro del COI, comunicó a Sanchiz el nuevo requisito para levantar la suspensión al COP.