Impondrán multas de hasta un millón a sujetos no financieros por blanqueo
Impondrán multas de hasta un millón a sujetos no financieros por blanqueo
- ETIQUETAS:
- Sujetos No Financieros
- multas
- blanqueo de capitales
Por: Redacción / Crítica Impreso -
Una nueva norma que entró a regir ayer introduce por primera vez en el país un proceso administrativo sancionatorio para Sujetos Obligados no Financieros, enfocado exclusivamente en la prevención del blanqueo de capitales, financiamiento del terrorismo y a la proliferación de armas de destrucción masiva.
Esta nueva norma emitida por la Superintendencia de Sujetos No Financieros es el Acuerdo No. JD-03-2020 del 16 de octubre de 2020, que aplica multas de hasta un millón de dólares a los Sujetos No Financieros (SNF) que incumplan con las disposiciones antiblanqueo existentes en la Ley 23 del 27 de abril de 2015; y la Ley 124 de 2020 que crea la mencionada superintendencia.
También aplica multas de hasta $10 mil a los agentes residentes que incumplan con la Ley 129 de 2020 sobre registro único de beneficiarios finales.
Los SNF a los que se refiere la norma son empresas del sector inmobiliario y de la construcción, zonas francas y comercio exterior, casinos y juegos de azar, actividades profesionales y otros, como las casas de empeño, y los transportes de valores.
Se trata de profesionales y actividades consideradas vulnerables al blanqueo de capitales por organismos como el Grupo de Acción Financiera Internacional (GAFI)
Se establecen 4 tipos de sanciones: la amonestación (para infracciones leves), Multa Progresiva (sanción monetaria para el incumplimiento sostenido de obligaciones), Multa Pecuniaria (sanción monetaria aplicable por el incumplimiento al régimen de prevención) y Sanción Disciplinaria (aplicable a incumplimientos al régimen de prevención que no tienen valor monetario).
Te puede interesar
Mulino pide optimizar flujo vehicular en vía "8 carriles"
MIDA impulsa maracuyá orgánica en Panamá Oeste
Aprueban el presupuesto de Estado de $30,111 millones
Telemedicina llega a Panamá Oeste
Las sanciones monetarias de gravedad leve pueden llegar hasta $100 mil; las de gravedad media hasta $200 mil y las de gravedad máxima hasta un millón de dólares.
Las multas progresivas se aplican en razón de $100 diarios por cada día que perdure un incumplimiento, hasta un máximo de $10 mil.
Si un agente residente no registra o actualiza los datos de sus clientes, serán sancionados con mil dólares. Si se reincide, se puede incrementar la multa hasta $5 mil por cada persona jurídica.
Además, podrá aplicarse multas progresivas diarias equivalentes al 10% de la multa principal, mientras dure el incumplimiento.
Los SNF podrán interponer ante la superintendencia recursos administrativos, recursos de reconsideración y recursos de apelación.
La acción sancionatoria prescribe a los 2 años, contados a partir de la notificación del informe de supervisión. La prescripción opera de oficio o a petición de parte.