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Perú aprueba sancionar el sicariato

Perú aprobó hoy sancionar el sicariato con penas entre 25 años de prisión y cadena perpetua para el delito de sicariato.

Por: EFE -

Perú aprobó hoy sancionar el sicariato con penas entre 25 años de prisión y cadena perpetua, además de regular el procedimiento de geolocalización de teléfonos móviles o dispositivos electrónicos para ubicar a presuntos delincuentes y el pago de recompensas por información para capturar a criminales. Un decreto legislativo publicado hoy por el Ejecutivo en el diario oficial El Peruano introduce el delito de sicariato dentro del artículo 108 del código penal, que regula los homicidios calificados. El documento define el delito de sicariato como "el que mata a otro por orden, encargo o acuerdo, con el propósito de obtener para sí o para otro un beneficio económico o de cualquier otra índole". Las penas por sicariato irán acompañados de una inhabilitación para portar armas de fuego y la incapacidad definitiva para renovar u obtener la licencia de armas de fuego en caso de sentencia por delito doloso o cometido bajo la influencia del alcohol o las drogas. La cadena perpetúa se aplicará para quienes utilicen menores de edad en una acción de sicariato o a cualquier otro sujeto sin capacidad para ser imputado por el mismo delito. También se dictará cadena perpetúa si al cometer el delito de sicariato se incurre en los delitos de parricidio, feminicidio o infanticidio, se utilizan armas de guerra, participan dos o más personas o hay dos o más víctimas. La norma también contempla entre ocho y quince años de prisión para los delitos de conspiración u ofrecimiento para acciones de sicariato. El decreto legislativo prohíbe que los condenados por este delito y conspiración u ofrecimiento para acciones de sicariato puedan recibir beneficios penitenciarios como la semilibertad o la libertad condicional. Un segundo decreto legislativo emitido hoy por el Gobierno peruano regula el acceso de la Policía Nacional a la localización o geolocalización de teléfonos móviles o dispositivos electrónicos para ubicar a presuntos delincuentes. El documento establece que el acceso a esos datos se realizará únicamente cuando el sujeto incurra en un delito flagrante, cuando la persona sea investigada por un delito con una pena superior a los cuatro años de prisión o cuando el acceso a los datos constituya un medio necesario para la investigación. Otro decreto legislativo publicado hoy en el diario oficial regula las recompensas a ciudadanos que brinden información oportuna e idónea para buscar y capturar a miembros de una organización criminal o de organizaciones terroristas, así como a otros presuntos delincuentes. La norma traslada a la Presidencia del Consejo de Ministros (PCM) la creación de sendas comisiones evaluadoras de recompensas para el terrorismo y la criminalidad. El Gobierno peruano promulgó los decretos legislativos al amparo de las facultades legislativas otorgadas en junio por el Congreso para que durante noventa días apruebe normas en materia del fortalecimiento de la seguridad ciudadana y lucha contra la delincuencia y el crimen organizado.


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