41 actividades podrán laborar durante la cuarentena

41 actividades podrán laborar durante la cuarentena

41 actividades podrán laborar durante la cuarentena

Por: Redacción / Crítica Impreso -

Unas 41 actividades quedan exceptuadas de la cuarentena por 10 días de enero -solo para las provincias de Panamá y Panamá Oeste-, las cuales fueron por fin oficializadas ayer con el Decreto Ejecutivo No. 1686 del 28 de diciembre de 2020.

Estas restricciones son una extensión hasta el 14 de enero (únicamente para esas dos provincias) de la cuarentena total que ya se encuentra rigiendo en todo el país, y que culmina precisamente el 4 de enero.

Específicamente, la cuarentena arranca a las 5:01 am del día 4 y termina a las 5:00 am del 14. Las personas solo podrán movilizarse para propósitos de abastecerse de víveres esenciales, medicamentos o combustible, salvo por motivos de salud.

Están exentos de las restricciones de movilidad, toque de queda y cuarentena total los miembros de la Fuerza Pública, de cuerpos de seguridad, altos funcionario de los tres órganos del Estado, del MINSA, de la CSS, del IDAAN, Aeronáutica Civil, Puertos, Acodeco, Autoridad Marítima, Autoridad del Tránsito, personal de las superintendencias de bancos, de valores, de seguros y de sujetos no financieros, notario y otro personal de servicios públicos indispensables, con previa autorización del Minsa.

El personal de salud, administrativo y operativo de hospitales, y los de laboratorios también está exento, al igual que veterinarios, y los abogados idóneos para la defensa de personas detenidas en incidencias dentro del periodo de restricción de movilidad, que realicen gestiones ante el Órgano Judicial y el Ministerio Público, y aquellos que presten servicio en dependencias públicas.

El personal de los servicios de transporte masivo también están exentos. Otros son personal de la ACP, de las autopistas, de los aeropuertos de Tocumen y de Albrook, con proveedores y subcontratistas, de las aerolíneas, pasajeros que entran o salen del país (presentando su pasaporte y boleto).

Se pueden mover para fines de trabajo también el personal de farmacias, empresas de limpieza y que producen productos de higiene y desinfección, restaurantes con autoservicio, cocinas de restaurante con delivery, supermercados y minisupers, hoteles y sitios de alojamiento, todo lo de la industria agropecuaria y agroalimentaria.

Igualmente, las plantas procesadoras, empacadoras de bebidas, empresas de seguridad y transporte de valores, empresas eléctricas, gasolineras, de transporte marítimo, de arrendadoras de autos, industria de carga aérea, de telecomunicaciones, medios de comunicación, seguridad privada, bancos, financieras, casas de empeño y seguros.

Además, están exentos los empleados de call centers, servicios funerarios, impresión de etiquetas para alimentos y medicinas, lavanderías que den servicios a instalaciones de salud, recolección de desechos hospitalarios y subcontratistas, los dedicados a la entrega a domicilio de víveres y medicinas, y empresas de tecnología que proveen al Estado a través de los convenios marco y sus mayoristas.

Finalmente, los vendedores de equipos médicos hospitalarios, mantenimientos de elevadores, tanques de agua y plantas eléctricas y a gas, los que teletrabajan, controladores de plagas, ferreterías, y empresas autorizadas específicamente por el Minsa.

El delivery de medicamentos y alimentos puede operar hasta las 10 de la noche.

Las salidas para los que no laboran están segmentadas por género y número de cédula, al igual que al inicio de la pandemia.

Los días 4, 6, 8, 11 y 13 de enero, las mujeres pueden hacer compras. A los hombres les toca el 5, 7 y 12 de enero. El 9 de enero (día de los Mártires) y el 10 de enero son cuarentena total en todo el país.

También vuelven las tediosas salidas segmentadas por el último número de cédula o pasaporte, con una hora completa para hacer compras y otra hora adicional (dividida 30 minutos antes y 30 minutos después de la hora asignada) para transportarse desde y hacia los sitios de compras.

Con terminación 7, a las 7 am.

Terminación 8, a las 8 am.

Terminación 9, a las 9 am.

Terminación 0, a las 10 am.

Terminación 1, a la 1 pm.

Terminación 2, a las 2 pm.

Terminación 3, a las 3 pm.

Terminación 4, a las 4 pm.

Terminación 5, a las 5 pm. y

Terminación 6, a las 6 pm.

Los adultos mayores de 60 años y personas con discapacidad, sin importar número de cédula o pasaporte, podrán comprar alimentos y medicinas entre 11 am y 1 pm, bajo los mismos parámetros de género. Pueden ir acompañados de su asistente, sin importar el género.

Solo una persona por familia de los mártires podrá visitar los cementerios el día 9 de enero, con acompañante si es necesario.

Toque de Queda

Panamá y Panamá Oeste tendrán toque de queda desde las 8 de la noche hasta las 5 de la mañana, con excepción de los días de cuarentena total. Luego del día 14, se volverá a los horarios de toque de queda que estableció el decreto 1683 del 18 de diciembre de 2020, el cual está rigiendo para el resto de las provincias.

Cerco

Entre los días 4 y 14 de enero habrán cercos sanitarios en Panamá Y Panamá Oeste. Los puestos de control estarán en Panamá, en la garita de la PN en Chepo, y en Oeste, en el balneario El Lago (Capira).

En ese lapso tampoco se podrá entrar a parques, plazas, estadios, gimnasios, la cinta costera, Calzada de Amador, playas, ríos y balnearios públicos. Ni siquiera se podrá usar áreas sociales en los PH, ni barriadas, ni las facilidades en los hoteles.

Contenido Premium: 
0

Para comentar debes registrarte y completar los datos generales.