Aprueban en 3er. debate extensión de suspensión de contratos

Aprueban en 3er. debate extensión de suspensión de contratos

Aprueban en 3er. debate extensión de suspensión de contratos

Por: Yorlenne Morales Crítica -

La Asamblea Nacional aprobó ayer en tercer debate el proyecto de Ley N° 354, que extiende hasta el 31 de diciembre la suspensión de unos 240 mil contratos de trabajos en 20 mil empresas de Panamá forzadas a cerrar o reducir operaciones a causa del Covid-19.

Todos los diputados presentes, salvo Edison Broce respaldaron el proyecto presentado por el Ejecutivo pero que fue reformado casi en su totalidad.

De la propuesta inicial se dejaron sin efectos reformas laborales como la que limitaba a 25% el recargo por laborar horas extras y sobre el pago de las partidas del XIII Mes.

El proyecto prohíbe la contratación de nuevos empleados en igual o similar posición a la de un trabajador con contrato suspendido cuando las empresas reactiven sus actividades económicas, con el fin de no vulnerar sus derechos de retornar a sus puestos de trabajo.

Sobre la segunda partida del décimo tercer mes del 2020, será pagada así: los trabajadores que no hayan laborado entre el 15 de abril y el 15 de agosto, por razón de la suspensión de sus contratos, tendrán derecho a percibir un bono, que será determinado por el Órgano Ejecutivo. La propuesta original era el pago de $50 a cargo de la empresa.

Los empleados que trabajaron parcialmente en el mismo periodo de tiempo, su empleador les pagará proporcionalmente la suma que les corresponda.

Para los empleados que trabajaron ininterrumpidamente en el mismo periodo de tiempo recibirán el pago de acuerdo al Decreto de Gabinete N° 221 de 18 de noviembre de 1971, a cargo de su empleador, es decir, en un solo pago el día 15 de agosto de 2020.

El proyecto detalla que a las trabajadoras con fuero maternal, cuyos contratos se encuentran suspendidos, queda así “El tiempo correspondiente al fuero de maternidad no se contará durante el periodo de suspensión de los efectos de los contratos de trabajo. El tiempo restante del fuero se reactivará" cuando se reintegre a su puesto de trabajo.

Sobre el fuero maternal, Zapata expresó que se plantea que el subsidio de maternidad saldrá de fondos del Gobierno Nacional.

Respecto a la terminación de la relación laboral por mutuo consentimiento, despido o por decisión unilateral del empleador dentro de los 3 meses siguientes al reintegro del trabajador suspendido, obliga a la cancelación inmediata, en un solo pago, del total de las prestaciones.

El proyecto debe ser sancionado por el mandatario Laurentino Cortizo y luego promulgado en Gaceta Oficial.

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