Audiencia contra el expresidente Martinelli es reprogramada para el 5 de julio

El equipo legal del expresidente Martinelli han manifestado que agotarán todos los recursos para garantizar el debido proceso a su defendido.
Audiencia contra el expresidente Martinelli es reprogramada para el 5 de julio

Audiencia contra el expresidente Martinelli es reprogramada para el 5 de julio

Por: Redacción Crítica -

Panamá-   La audiencia contra expresidente de la República, Ricardo Martinelli, por el caso de los "pinchazos telefónicos" no inició hoy como se tenía programada. La misma fue reprogramada para el próximo 5 de julio, a las 9:00 a.m.

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El Tribunal de Juicio agendó una nueva fecha para el acto judicial, y ordenó que  se practicara varios exámenes forenses para constatar el estado de salud del exmandatario Martinelli, que presentó un certificado de incapacidad por un mes tras primera cirugía realizada el 31 de mayo en la columna y este domingo fue sometido a otra operación.


Otro  motivo de la suspensión de la audiencia es que  la Licda. Alma Cortés, abogada defensora de Martinelli, presentó a título personal un certificado incapacidad por un tema atención odontológica.

También se solicitó la presencia de un abogado de oficio para que actúe en caso de ser necesario en la próxima fecha de audiencia.


Amparo suspende audiencia de hoy


En tanto, el equipo de defensa del exmandatario Ricardo Martinelli advirtió que el inicio del segundo juicio por el caso pinchazos está suspendido por un amparo de garantías constitucionales que no ha sido resuelto.

El amparo fue interpuesto contra una resolución del 21 de diciembre del 2020 que fijó para el 22 de junio de 2021 dicha audiencia.
La abogada Alma Cortés que el inicio de esa audiencia se encuentra suspendida, porque hay una apelación en torno al Amparo pendiente de resolver por parte del pleno de la Corte Suprema de Justicia.

Se destaca que el amparo fue admitido y resuelto el 12 de febrero de 2021 decisión que fue recurrida concediendo el Tribunal Primero Superior el efecto suspensivo hecho que se hace constar en una resolución del 1 de marzo, que dispuso remitir el proceso a la Corte Suprema mediante oficio No.21-487 del 12 de marzo.
Advierten que de insistir en realizar la audiencia se caería en desacato, por lo que se debe suspender hasta que el pleno de la Corte decida el recurso.

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