Decretan cierre de oficinas públicas lunes y miércoles de ceniza hasta mediodía
Durante los días 3 y 5 de marzo quedarán suspendidos los términos en los procedimientos administrativos, según lo mandata el Título V de la Ley 38 de 31 de Julio de 2000, añade la citada disposición.
El Gobierno Nacional mediante Decreto Ejecutivo No 35 de 5 de febrero de 2014, ordenó el cierre de las oficinas públicas nacionales y municipales, los días lunes 3 de marzo durante todo el día y el miércoles 5 de marzo hasta la 1:00 p.m., con motivo de la celebración de las fiestas del Carnaval.
Durante los días 3 y 5 de marzo quedarán suspendidos los términos en los procedimientos administrativos, según lo mandata el Título V de la Ley 38 de 31 de Julio de 2000, añade la citada disposición.
Los servidores públicos, de acuerdo con el Decreto en mención, deberán laborar los días 10, 11, 12, 13, 14, 17, 18, 19, 20, 21 y 24 de febrero del año en curso en horario de 8:30 a.m. a 4:30 p.m. en jornada ininterrumpida para compensar las horas correspondientes a la jornada regular de trabajo de los días que no laboran por la celebración del Carnaval.
Quedan exceptuadas de cumplir esta norma, las oficinas públicas que por razón de la naturaleza del servicio que prestan deben permanecer funcionando, entre ellas: el Instituto de Acueducto y Alcantarillados Nacionales (Idaan), los hospitales, clínicas policlínicas centro de salud y unidades de salud, tanto de la Caja de Seguro Social como del Ministerio de Salud.
Igualmente, se incluyen los servicios postales, el Cuerpo de Bomberos de la República de Panamá, el Registro Público, el Servicio Nacional de Migración y la Fuerza Pública.
El Decreto Ejecutivo No 5 de 2014, hace la salvedad, de que las instituciones bancarias se regirán por lo establecido en la Resolución No 124-006 de 4 de diciembre de 2006.
Asimismo, destaca que queda excluida de cumplir este Decreto la Autoridad del Canal de Panamá (ACP), con base a lo dispuesto en el artículo 93 de la Ley No 19 de 11 de junio de 1997.
De acuerdo al Decreto Ejecutivo de 5 de febrero de 2014, esta decisión se toma con base a que los días 1, 2, 3, y 4 de marzo de 2014 el pueblo panameño celebra las tradicionales fiestas del Carnaval.