Hurtado sigue asilada en Panamá hasta que fallo judicial sea notificado
Hurtado, quien recibió el asilo territorial en noviembre de 2010, "tiene alternativas" frente a la decisión judicial, entre ellas "renunciar al asilo e irse a otro país, o conseguir un estatus migratorio" en Panamá, añadió a Acan-Efe el ex fiscal general panameño Rogelio Cruz.
Panamá
ACAN-EFE
La exjefa de inteligencia de Colombia María del Pilar Hurtado seguirá como asilada en Panamá hasta que el Corte Suprema del país notifique el fallo con el que declaró inconstitucional el decreto que le otorgó ese beneficio, para lo cual no hay plazo, afirmó hoy una fuente jurídica.
Hurtado, quien recibió el asilo territorial en noviembre de 2010, "tiene alternativas" frente a la decisión judicial, entre ellas "renunciar al asilo e irse a otro país, o conseguir un estatus migratorio" en Panamá, añadió a Acan-Efe el ex fiscal general panameño Rogelio Cruz.
Si no hace nada de lo anterior y se ejecuta el fallo, Hurtado "sería puesta a órdenes de la (oficina de) Migración panameña para su deportación a Colombia, porque de Colombia fue que vino y de Colombia es que ella es natural", añadió el experto.
Ocho de los nueve magistrados que conforman el pleno del Supremo panameño aprobaron ayer jueves declarar inconstitucional el decreto mediante el cual el Gobierno del ahora saliente presidente panameño, Ricardo Martinelli, otorgó el asilo territorial a la exjefa del ya extinto Departamento Administrativo de Seguridad de Colombia (DAS).
Así lo informó el jueves a Acan-Efe uno de los abogados demandantes, ngel lvarez, quien aclaró que aunque no había sido notificado del fallo ni conocía su contenido en detalle, sí tenía la confirmación judicial de su existencia.
El exfiscal Cruz recalcó que un fallo judicial "surte efecto solo hasta que es notificado", para lo cual debe ser firmado por todos los magistrados del pleno y por el secretario del mismo, y publicado mediante un edicto en la misma Corte.
No existe un tiempo establecido para recolectar la firma de los magistrados, y a ello se suma que Hurtado, una vez notificada, "puede presentar algún recurso, ya sea de reconsideración, o ya sea de aclaración de sentencia", dijo Cruz,
Adelantar cómo puede actuar Hurtado frente al fallo es imposible ahora porque "no conocemos el fallo ni sus motivaciones", añadió.
Según la prensa local, una vez que se completen todas las firmas del fallo, el mismo será notificado a través de la Secretaría General de la Corte Suprema de Justicia por cinco días hábiles, con lo que quedará ejecutado.
La demanda de inconstitucionalidad presentada en 2011 la basaron los demandantes en que Hurtado no es una perseguida política sino que es buscada por la Justicia colombiana para ser procesada por un delito común, relacionado con escuchas ilegales, explicó lvarez a Acan-Efe.
Hurtado dirigió entre 2007 y 2009 el DAS, que fue liquidado por una trama de espionaje durante la Presidencia de lvaro Uribe (2002-2010), caso por el cual una veintena de sus funcionarios han sido procesados, incluida Hurtado.
La exjefa de inteligencia debe responder ante la Justicia de su país por varios delitos, entre ellos concierto para delinquir agravado y violación ilícita de comunicaciones.
El abogado lvarez afirmó que el Ejecutivo panameño está obligado a acatar el fallo del Supremo que declara la inconstitucionalidad del asilo de Hurtado, porque "el primero que debe dar el ejemplo de acatamiento de la ley es el presidente de la República".
Martinelli dijo el miércoles durante una visita oficial a Madrid que la decisión sobre una eventual nueva solicitud colombiana de extradición contra Hurtado la dejará en manos de su sucesor, el presidente electo Juan Carlos Varela, quien ya ha expresado su disposición a analizar un pedido formal de Colombia en ese sentido.
Varela asumirá el Gobierno panameño el próximo 1 de julio.
El Gobierno de Martinelli ya rechazó en febrero de 2012 un pedido de extradición presentado por Colombia en diciembre de 2011.
La Corte Suprema de Colombia rechazó el martes pasado "por improcedente" una solicitud de extradición tramitada por el Ministerio de Justicia contra Hurtado, por considerar que la Fiscalía es la entidad competente para hacer tal petición.
ACAN-EFE
La exjefa de inteligencia de Colombia María del Pilar Hurtado seguirá como asilada en Panamá hasta que el Corte Suprema del país notifique el fallo con el que declaró inconstitucional el decreto que le otorgó ese beneficio, para lo cual no hay plazo, afirmó hoy una fuente jurídica.
Hurtado, quien recibió el asilo territorial en noviembre de 2010, "tiene alternativas" frente a la decisión judicial, entre ellas "renunciar al asilo e irse a otro país, o conseguir un estatus migratorio" en Panamá, añadió a Acan-Efe el ex fiscal general panameño Rogelio Cruz.
Si no hace nada de lo anterior y se ejecuta el fallo, Hurtado "sería puesta a órdenes de la (oficina de) Migración panameña para su deportación a Colombia, porque de Colombia fue que vino y de Colombia es que ella es natural", añadió el experto.
Ocho de los nueve magistrados que conforman el pleno del Supremo panameño aprobaron ayer jueves declarar inconstitucional el decreto mediante el cual el Gobierno del ahora saliente presidente panameño, Ricardo Martinelli, otorgó el asilo territorial a la exjefa del ya extinto Departamento Administrativo de Seguridad de Colombia (DAS).
Así lo informó el jueves a Acan-Efe uno de los abogados demandantes, ngel lvarez, quien aclaró que aunque no había sido notificado del fallo ni conocía su contenido en detalle, sí tenía la confirmación judicial de su existencia.
El exfiscal Cruz recalcó que un fallo judicial "surte efecto solo hasta que es notificado", para lo cual debe ser firmado por todos los magistrados del pleno y por el secretario del mismo, y publicado mediante un edicto en la misma Corte.
No existe un tiempo establecido para recolectar la firma de los magistrados, y a ello se suma que Hurtado, una vez notificada, "puede presentar algún recurso, ya sea de reconsideración, o ya sea de aclaración de sentencia", dijo Cruz,
Adelantar cómo puede actuar Hurtado frente al fallo es imposible ahora porque "no conocemos el fallo ni sus motivaciones", añadió.
Según la prensa local, una vez que se completen todas las firmas del fallo, el mismo será notificado a través de la Secretaría General de la Corte Suprema de Justicia por cinco días hábiles, con lo que quedará ejecutado.
La demanda de inconstitucionalidad presentada en 2011 la basaron los demandantes en que Hurtado no es una perseguida política sino que es buscada por la Justicia colombiana para ser procesada por un delito común, relacionado con escuchas ilegales, explicó lvarez a Acan-Efe.
Hurtado dirigió entre 2007 y 2009 el DAS, que fue liquidado por una trama de espionaje durante la Presidencia de lvaro Uribe (2002-2010), caso por el cual una veintena de sus funcionarios han sido procesados, incluida Hurtado.
La exjefa de inteligencia debe responder ante la Justicia de su país por varios delitos, entre ellos concierto para delinquir agravado y violación ilícita de comunicaciones.
El abogado lvarez afirmó que el Ejecutivo panameño está obligado a acatar el fallo del Supremo que declara la inconstitucionalidad del asilo de Hurtado, porque "el primero que debe dar el ejemplo de acatamiento de la ley es el presidente de la República".
Martinelli dijo el miércoles durante una visita oficial a Madrid que la decisión sobre una eventual nueva solicitud colombiana de extradición contra Hurtado la dejará en manos de su sucesor, el presidente electo Juan Carlos Varela, quien ya ha expresado su disposición a analizar un pedido formal de Colombia en ese sentido.
Varela asumirá el Gobierno panameño el próximo 1 de julio.
El Gobierno de Martinelli ya rechazó en febrero de 2012 un pedido de extradición presentado por Colombia en diciembre de 2011.
La Corte Suprema de Colombia rechazó el martes pasado "por improcedente" una solicitud de extradición tramitada por el Ministerio de Justicia contra Hurtado, por considerar que la Fiscalía es la entidad competente para hacer tal petición.
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