No habrá día puente el 28

La decisión se basa en lo que establece a Ley No. 28 del 4 de mayo de 2015, que eliminó un párrafo que establecía los llamados días puentes.
Foto: Ilustrativa

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Por: Aneldo Arosemena / Crítica -

El Ministerio de Trabajo y Desarrollo Laboral (Mitradel), mediante un comunicado informó al país, que el martes 28 de noviembre se mantiene como día de descanso obligatorio por Fiesta Nacional, tal como lo establece actualmente el Código de Trabajo, eso significa que no habrá día puente.

Según el Mitradel, la decisión se basa en lo que establece a Ley No. 28 del 4 de mayo de 2015, que modificó el Artículo 46 del Código de Trabajo y eliminó un párrafo que establecía los llamados días puentes.

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Recientemente el titular de Trabajo, Luis Ernesto Carles, informó que haría una solicitud a la Asamblea Nacional, para que se restableciera, del artículo del Código de Trabajo que permitía dar dar el 28 de noviembre como día puente.


 



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