Promulgan amnistía para pagar cuotas adeudadas a la CSS

Promulgan amnistía para pagar cuotas adeudadas a la CSS

Promulgan amnistía para pagar cuotas adeudadas a la CSS

Por: Redacción / Crítica Impreso -

La Ley 215 -que concede una amnistía de 24 meses en Panamá para el pago de las cuotas obrero-patronal y de los saldos de los convenios o arreglos de pago pactados con la Caja de Seguro Social (CSS)-, fue sancionada y promulgada ayer en Gaceta Oficial.

La amnistía también abarca el pago de las primas de riesgos profesionales y demás contribuciones adeudadas a la Caja de Seguro Social, que se encuentren morosas hasta el 31 de marzo de 2021.

Con la legislación se exime del pago de los recargos, intereses, multas y otras acciones causadas por la morosidad de las cuotas y demás contribuciones, generados mensualmente por medio de las facturaciones regulares y de oficios, de alcance de auditoría y de planilla complementaria.

La amnistía involucra las obligaciones de las cuotas generadas por las personas naturales, personas jurídicas, trabajadores independientes, contribuyentes, cotizantes voluntarios y por los trabajadores que reciben salarios y honorarios, según lo previsto en los artículos 82, 83 y 85 de la Ley 51 de 2005, que se encuentren morosas hasta el 31 de marzo de 2021.

Para aplicar la amnistía sobre los recargos, intereses, multas y otras sanciones, los empleadores deberán cancelar como mínimo el 50 % de las cuotas obrero-patronal, de las primas de riesgos profesionales y demás contribuciones morosas.

No se incluye la exoneración del pago de sanciones por faltas a la Ley 51 de 2005 y al reglamento general de ingresos derivadas de las omisiones de los empleadores.

El beneficio de esta amnistía se perderá si el empleador o cotizante incumple las cuotas de arreglo de pago y realiza algún pago o abono con cheques que sean devueltos por el banco.

Además las empresas que se acojan a la amnistía podrán solicitar paz y salvo provisional, que será exclusivamente para participar en las licitaciones y actos públicos de contratación del Estado. La emisión de paz y salvo provisional está condicionada a una cesión de pago a favor de la Caja de Seguro Social hasta por el monto total de la cantidad adeudada por concepto de arreglo de pago bajo la modalidad de la moratoria concedida en la presente Ley. El no cumplimiento de la cesión acarreará la pérdida de los beneficios obtenidos en la amnistía y se reactivarán las multas, recargos e intereses.

El proyecto fue presentado por los diputados Benicio Robinson y Crispiano Adames.

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