Protesta: Denuncian que no están buscando a donadores de órganos

La Ley General de Trasplante N° 3 del 8 de febrero de 2010, estipula que para la donación en vida, la persona debe ser un familiar hasta el cuarto grado de consanguinidad o el segundo de afinidad.
Protesta: Denuncian que no están buscando a donadores de órganos

Protesta: Denuncian que no están buscando a donadores de órganos

Por: Redacción/ Crítica -

Panamá- Pacientes y personal de salud vinculado a trasplantes de órganos protestaron hoy, miércoles, en el complejo hospitalario "Dr. Arnulfo Arias Madrid, ubicado en la vía Transístmica.

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La doctora Julissa Lombardo, médico especialista en Gastroenterología, Hepatología y Trasplante de Hígado, aclaró que no es que no hay donadores de órganos, sino que no los están buscando.


Lombardo explicó que hasta ayer, martes, el Ministerio de Salud (Minsa) aprobó la partida para el pago de turnos del personal de procuración, que son las personas encargadas de buscar a los donantes.


Dijo que tampoco hay campañas incentivar la donación de órganos y recomendó a las autoridades del Ministerio de Salud diseñar estrategias y medidas para lograr la donación de órganos

Manifestó que en la lista de trasplantes para pacientes hepáticos solo hay uno, pero  detalló que esto se debe a que no hay insumos y equipos para continuar con los exámenes de los pacientes, unos 25 se encuentra en la etapa de protocolo.


Destacó que la posibilidad de externalización de este servicio no es la solución del problema..." en este hospital la externalización no es inmediata, demoran hasta 3 a 5 meses".


Trasplantes en CSS


El departamento de Coordinación Nacional de Trasplante de la CSS, según estadísticas, indican que los órganos más comunes que se trasplantan en Panamá son los renales, el cual tiene mayor demanda y una lista de espera considerable.

Destacan que a los trasplantes hepáticos, le siguen los de Córneas, Células Hematopoyéticas o de Médula Ósea.

La Ley General de Trasplante N° 3 del 8 de febrero de 2010, estipula que para la donación en vida, la persona debe ser un familiar hasta el cuarto grado de consanguinidad o el segundo de afinidad.

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