Nacional - 14/10/18 - 04:00 PM

Querellante intenta dilatar proceso político contra Martinelli

Sobre la solicitud de Cuevas, abogado de Rosendo Rivera, Camacho indicó que la Corte se ha pronunciado sobre el tema, señalando que no es necesario notificar a los Querellantes, cuando se trata de estas audiencias

 

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Panamá. David Cuevas, abogado del querellante Rosendo Rivera, solicitó que se suspenda la audiencia convocada para mañana lunes 15 de octubre a las 9:00 a.m.  a solicitud de la defensa del ex presidente Ricardo Martinelli, argumentando que no fueron notificados de la misma.
Luis Eduardo Camacho Castro, vocero del ex presidente, aseguró que esta es otra táctica dilatoria que busca retrasar el proceso político que se le sigue. "Ellos saben que no existe ninguna prueba documental, testimonial o tecnologica que víncule a Ricardo Martinelli y que además el expediente chimbo, tendrá que ser declarado nulo irremediablemente, en razón de las pruebas que han surgido y que comprueban que fue armado ilegalmente en el Concejo de Seguridad, con la partipación de la hoy procuradora Kenia Isolda Porcell de Alvarado, Rolando López, secretario del Consejo de Seguridad y el abogado Rogelio Saltarin, entre otros".
 
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Sobre la solicitud de Cuevas, abogado de Rosendo Rivera, Camacho indicó que la Corte se ha pronunciado sobre el tema, señalando que no es necesario notificar a los Querellantes, cuando se trata de estas audiencias. "Como ya indique, esto es solo otra taáctica dilaroria, que busca entre otras cosas, mantener ilegalmente detenido a Martinelli y que avance el proceso político seguido contra él; ya que la defensa ha demostrado categoricamente la inocencia de su cliente, frente a los falsos hechos que lo mantienen secuestrado en el Centro Penitenciario El Renacer.
Por su parte, Carlos Carrillo, coordinador del equipo de defensa del ex presidente Martinelli, agregó que: "Nos sorprende la petición de una de las partes notificadas en este momento procesal. Comunicamos nos OPONEMOS a La misma por las siguientes consideraciones:
1) Las notificaciones se han hecho conforme lo dispone el Código de Procedimiento Penal y certificado por la oficina judicial
2) Las partes en el proceso ya han sido notificadas
3) La Corte Suprema de Justicia Pleno ya ha definido la participación y exclusión de
Partes confirmando las decisiones del juez de Garantías.
4) Es extemporáneo porque aceptar esta tesis de dilatar el proceso acarrearía consecuencias procesales contrarias a derecho.
5) Es ilegítima porque la pide una parte que sí está notificada al igual que todos los demás conforme lo decidido por el juez de Garantías".

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