Sancionan y promulgan ley de reintegro de trabajadores

Sancionan y promulgan ley de reintegro de trabajadores

Sancionan y promulgan ley de reintegro de trabajadores

Por: Yorlenne Morales Crítica -

El Ejecutivo sancionó y promulgó la Ley N° 201 que permite el reintegro gradual de los trabajadores con contratos suspendidos, reconoce el pago de las licencias de maternidad a las trabajadoras con contratos suspendidos, y establece medidas temporales para preservar el empleo y la estabilidad de las empresas. El reintegro de los trabajadores de forma gradual por sector económico, será de la siguiente forma: sector primario tendrá tres meses; el sector secundario seis meses y el terciario hasta ocho meses.

Otro artículo permite la modificación temporal de la jornada laboral, así como otras condiciones de trabajo reconocidas en la ley, que podrán ser pactadas de común acuerdo entre la empresa y los trabajadores.

La titular de Trabajo y Desarrollo Laboral, Doris Zapata dijo que los acuerdos podrán tener vigencia más allá de la presente ley que tiene como fecha final el 31 de diciembre del 2020, siempre y cuando cumplan con los requisitos contemplados en el Código de Trabajo.

También se reconoce el subsidio de maternidad a trabajadoras suspendidas y que no hayan cubierto las 9 cuotas necesarias en los 12 meses anteriores al séptimo mes de embarazo.

Se estableció que el Ejecutivo asignará una partida de $5 millones para que la Caja de Seguro Social pueda cubrir esos pagos.

Las beneficiarias deben formalizar la solicitud a más tardar el 31 de julio y debe presentar una certificación del Ministerio de Trabajo de la suspensión inicial del contrato.

El subsidio será equivalente a seis semanas antes del embarazo y 8 semanas después del embarazo.

El subsidio no se pagará a las trabajadoras cuyo empleador no estuviera al día con la cuota obrero-patronal al mes anterior a la primera suspensión del contrato.

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