xxxxxxxxx - 03/9/13 - 05:45 PM

Legislativo aprueba “movilidad” de los reclusos

“Todos sabemos que desde las cárceles se planifican otros delitos y pretendemos minimizar el accionar de los grupos delincuenciales dentro de las cárceles”, advirtió el viceminsitro.

Por: -

Carlos Estrada

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El pleno de la Asamblea aprobó en segundo debate el proyecto de ley 622, que adiciona artículos al Código Procesal Penal para el traslado de imputados en delitos con detención preventiva.

El viceministro de Seguridad, Manuel Moreno, afirmó que la modificación tiene el objetivo de establecer mayor control en la cárceles para minimizar la planificación de delitos dentro de los centros penitenciarios y garantizar la seguridad de imputados que estén cooperando con las autoridades con información que lleve a la detención de otros delincuentes.

Con la aprobación de la ley, las personas que hayan cometido delitos contra la seguridad colectiva, entre estos, terrorismo, delitos contra los medíos de transporte, delitos contra la salud pública, delitos relacionados con droga, piratería, asociación ilícita, pandillerismo, posesión y tráfico de armas y explosivos, blanqueo de capitales, trata de personas y tráfico ilícito de migrantes y delitos conexos, podrán ser trasladas a sitios geográficamente distinto al lugar donde cometió el delito que le valió la detención. Actualmente la egislación prohíbe que haya esta movilidad entre los detenidos.

Moreno manifestó que no es un secreto que desde los centros penitenciarios se planifican actos delictivos, debido a que miembros de una misma organización criminal quedan detenidos la misma celda.

“Todos sabemos que desde las cárceles se planifican otros delitos y pretendemos minimizar el accionar de los grupos delincuenciales dentro de las cárceles”, advirtió el viceminsitro.

El artículo 1 del proyecto plantea la adición del artículo 2146-A, al Código Judicial -Libro Tercero Procedimiento Penal, para dejar claro que la detención preventiva se podrá hacer en un lugar distinto a la provincia donde se cometió el delito, si se trata de delitos contra la seguridad colectiva; delitos contra la humanidad, blanqueo de capitales, delitos contra la trata de personas y tráfico ilícito de migrantes.


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