Restricciones, aperturas y prohibiciones, a partir de mañana 1, en Herrera

Se establece además que a partir del 1 de febrero, se permitirá la circulación de personas sin distingo de género en los horarios permitidos.
Restricciones, aperturas y prohibiciones, a partir de mañana 1, en Herrera

Restricciones, aperturas y prohibiciones, a partir de mañana 1, en Herrera

Por: Redacción Crítica -

Los herreranos deberán acatar a partir de este lunes, 1 de febrero, una serie de medidas sanitarias impuestas por el Ministerio de Salud y contempladas en Decreto No. 65 del 28 de enero del 2021.
Vuelven las restricciones de acuerdo al género para el ingreso a los establecimientos comerciales autorizados, de la siguiente forma: lunes, miércoles y viernes las mujeres; y martes y jueves, los hombres.
En las entidades bancarias el acceso será de la siguiente manera: lunes y miércoles podrán asistir las mujeres, y los martes y jueves los hombres, mientras que los días viernes las personas podrán acceder a las sucursales sin distinción de género.
Se establece además que a partir del 1 de febrero, se permitirá la circulación de personas sin distingo de género en los horarios permitidos.
El decreto señala además que se mantiene el toque de queda desde las 9:00 pm hasta las 4:00 am de lunes a viernes y cuarentena total de fines de semana.
A partir de este 1 de febrero se inicia la apertura gradual de los comercios por lo que en esta primera fase se permitirá la venta en línea y con entrega a domicilio, más no así  resencial, para el comercio al por menor.

Los comercios y actividades autorizados para operar de forma presencial, pero con restricción de ingreso por género, son los siguientes:

- Establecimientos de venta de alimentos; farmacias, ferreterías, auto repuestos y lavanderías.
- Industria de la construcción y actividades relacionadas.
- Servicios administrativos y generales (alquiler de autos, alquiler de bienes muebles, servicio de apoyo a negocios; centros de copiado; agencias de viaje; promotores, agentes y
representantes de espectáculos artísticos, deportivos, académicos; investigación científica; servicios de marketing y publicidad; consultorías; ONG´s.
- Servicios profesionales con idoneidad.
- Talleres de mecánica, chapistería, electromecánica y refrigeración; plomería; electricidad; sistemas de refrigeración y aire acondicionado; ascensores; limpieza de piscinas.
- Servicios prestados a domicilio como limpieza y jardinería; terapias médicas.
- Lugares de culto con aforo hasta el 25 por ciento.
- Comercio al por mayor, para entrega exclusiva a los establecimientos comerciales permitidos en el decreto ejecutivo De igual forma se permiten los deportes al aire libre sin contacto físico (por ejemplo: trotar, caminar, bicicleta, etc.), así como la visita a playas y balnearios únicamente de lunes a viernes de 6:00 am hasta las 4:00 pm.

Actividades como salones de belleza y barberías, lava autos, gimnasios, salas de masaje y spa´s no están contempladas en esta etapa de la reapertura gradual en la provincia.
Se mantienen vigentes las prohibiciones establecidas en el decreto 62 de 13 de enero de 2021.

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