Ratifican condena por peculado contra exalcalde de Arraiján

El fallo de la Sala Segunda de lo penal se fundamenta en el artículo 999 del Código Judicial.

El fallo de la Sala Segunda de lo penal se fundamenta en el artículo 999 del Código Judicial.

Por: Eric Ariel Montenegro / Web -

La Sala Segunda Penal de la Corte Suprema de Justicia, negó un recurso de aclaración de sentencia presentada por el exalcalde de Arraiján, Pedro Sánchez Moró y el exjefe de recursos humanos del Municipio de Arraiján, Omar Rugliancich,

La acción de la Sala Segunda Penal, deja en firme la sentencia N°18 de 22 de junio de 2018 del Juzgado Tercero de Circuito Penal del Tercer Circuito Judicial de Panamá, que condena a ambos exfuncionarios a 7 años de prisión por el delito de peculado.

El fallo de la Sala Segunda de lo Penal se fundamenta en el artículo 999 del Código Judicial.

Moró y Rubiancich fueron declarados penalmente culpables, luego que en las investigaciones realizadas por el Ministerio Público se comprobara que nueve directivos y ocho jugadores del Club Santa Gema estaban en la planilla municipal, sumado un salario de 11 mil dólares mensuales.

El 1 de diciembre del 2020, la defensa legal de Sánchez Moró y Omar Rugliancich, habían presentado sendos recursos de Casación, los cuales también habían sido rechazados por la Corte Suprema de Justicia (CSJ).

Los abogados de las partes, tienen un plazo de cinco días para ser notificados de la decisión. Este plazo comenzó a correr el 14 de enero.

Una vez vencido este plazo el exalcalde Pedro Sánchez Moró y el exjefe de recursos humanos del Municipio de Arraiján, Omar Rugliancich, deberán ser puestos a disposición del Sistema Penitenciario.

Sánchez Moró, miembro activo del Partido Revolucionario Democrático (PRD), fungió como alcalde en el periódico 2014-2019.

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