domingo 16 de noviembre de 2008

 

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Salud sexual: artículos polémicos

Jessica Tasón | Crítica en Línea

El proyecto de Ley 442 ha traído descontento a diversas agrupaciones. Una de ellas es la Alianza Evangélica de Panamá, dirigida por Rolando Hernández, quien nos habló sobre los puntos más conflictivos de dicho documento.

Hernández explica que su primera preocupación tiene que ver con el ámbito de aplicación, ya que en su artículo 2 señala que debe ser aplicada en todos los establecimientos de Educación Básica General.

Según Hernández, este señalamiento no deja absolutamente ninguna duda de que el proyecto en discusión afectará directamente las vidas de los niños desde los 5 hasta los 15 años de edad, en primer término.

Asesores de la Alianza Evangélica de Panamá insisten en que los artículos 6, 12 y 28 afectan o disminuyen la autoridad que los padres y madres ejercen para el bienestar integral de sus hijos.

Artículo 6: "Los derechos sexuales y los derechos reproductivos aseguran a todas las personas (sin especificar edad), la posibilidad de tomar decisiones autónomas y ejercer libre y responsablemente su sexualidad y reproducción.

En este sentido, Hernández apunta que la pregunta que se desprende es �a quién se le ocurre que unos menores de 5 a 15 años pueden tomar decisiones sobre un tema tan complejo como la sexualidad y la reproducción de manera "libre y responsable"?

Artículo 12: (Sobre los diferentes servicios que el Estado brindará a los menores). Punto 4. "Consejería, orientación y atención de la salud sexual y reproductiva de niñas, niños, preferiblemente en compañía de sus padres, madres, acudientes o tutores".

Punto 7. "Atención integral de salud sexual y reproductiva de adolescentes, preferiblemente en compañía de sus padres, madres, acudientes o tutores".

Hernández expresó que es evidente que en ambos puntos, el 4 y el 7, se ha dejado una puerta abierta para brindar servicios de salud sexual y reproductiva a menores de edad sin la obligatoriedad del consentimiento de sus padres y madres, lo que constituye un atentado contra la autoridad paterna.

Artículo 28: Derecho a la confidencialidad. "Se reconoce a los usuarios de los servicios de salud, públicos o privados, el derecho a la confidencialidad de la información relacionada con su salud sexual y reproductiva".

En este punto, Panamá manifestó que no se necesita ser un experto en la materia para deducir que de este artículo se desprende la velada intención de cerrar las puertas a los padres y madres de niños menores de edad, para que no sepan qué se está haciendo o enseñando a sus hijos. "Es evidente que esto también representa otro atentado contra la Patria Potestad".

Artículo 22. Derecho a la esterilización. "Se reconoce el derecho de hombres y mujeres de acceder a métodos permanentes de regulación de la fecundidad siempre que hayan tomada la decisión libremente y hayan sido informados o informadas previamente".

Hernández destaca que al no especificar que este artículo está dirigido a personas mayores de edad es fácil sospechar que lo que se busca es dejar una puerta abierta para que los menores de edad puedan ser esterilizados, lo cual favorecería a los proxenetas y a los que utilizan a menores de edad para el comercio de sexo.

De acuerdo con Hernández, en virtud de lo concerniente a los artículos citados y en otros como el nefasto artículo 11, que trata sobre la obligatoriedad de la educación sexual y reproductiva con perspectiva de género, solicitan a la Comisión de Salud de Asamblea de Diputados que devuelva el proyecto de ley 442 al Ministerio de Salud, a fin de que se propicie un debate serio y responsable.

Para concluir, Hernández resaltó que existe información pública donde se revela que en varios países como Estados Unidos, Camboya, Bostwana, Tailandia y otros, donde se han implementado proyectos de Salud Sexual y Reproductiva como el contenido en este proyecto, lejos de disminuir los embarazos entre los adolescentes y los contagios del VIH, éstos se incrementaron en gran manera.

 

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