sábado 2 de mayo de 2009

 

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Ley seca desde el mediodía

José Edwin Sánchez M. ([email protected]) | Crítica en Línea

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Prohibido las propagandas política por altavoces y a través de medios de comunicación, las manifestaciones, mítines y caravanas.

La Fiscalía General Electoral reiteró ayer que desde este mediodía se implementará a nivel nacional la "ley seca", con la que queda prohibido el consumo, traspaso y venta de bebidas alcohólicas y fermentadas hasta el lunes 4 de mayo, aunque a los extranjeros que se alojan en hoteles si podrán adquirir estos productos.

En el comunicado de la Fiscalía se recuerda en cuanto a las propagandas política por altavoces y a través de medios de comunicación, las manifestaciones, mítines y caravanas, estas podrán reanudarse el 4 de mayo a las 12: 00 medianoche.

Además, los ciudadanos son libres de portar, como parte de su vestimenta el día de las elecciones, cualquier distintivo referente al partido, alianza o candidato de su preferencia, pero sin hacer campaña y con prohibición que contenga el logo de la Fiscalía General Electoral o del Tribunal Electoral (TE).

Sin embargo, a través del Decreto 16 de 20 de abril de 2009, el TE prohibió la colocación de propaganda en un radio de 50 metros en torno a cualquier centro de votación.

Dicho decreto permite que los partidos políticos, sus candidatos o los de libre postulación, puedan ubicar personal y equipo de orientación en los centros de votación -colocados a 20 metros a cada lado de la entrada- y, aunque podrán estar identificados con el símbolo del partido o aspirante, tienen prohibido distribuir propaganda, salvo tarjetas con información sobre el número de mesa.

Los autos podrán portar distintivos y propagandas políticas, pero no se podrá distribuir esta publicidad en los centros de votación.

También está prohibido portar cualquier tipo de armas, salvo las autoridades, miembros de la fuerza pública y trabajadores que, por razón de sus funciones, deban portarlas y quien viole esta disposición, se le decomisará el arma y será multado desde 10 dólares hasta 250 dólares, según el artículo 408 del Código Electoral.

Los votantes no podrán ingresar a la mampara de votación con teléfonos celulares, cámaras fotográficas o de vídeo.

Vale destacar que el presidente de mesa, dispondrá de un lugar para la custodia de estos instrumentos mientras el elector ejerza su derecho al sufragio.

 

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