Jueves 24 de enero de 2002

 

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Engañan a consumidores comerciantes incumplen contrato

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Joyce Baloyes L. / Minnie Morrán C.
Cr�tica en L�nea

Unas 145 quejas por incumplimiento de contrato en contra de la empresa Delta Enterprise Panamá S.A., propiedad de un empresario de origen indostán se recibieron en el 2001, dijo Delia de De Castro, jefa de la Dirección de Conciliación de la Comisión de Libre Competencia y Asuntos del Consumidor (CLICAC).

De Castro informó que por lo general los establecimientos que se dedican a este tipo de ilícitos, están ubicados en su mayoría en Calidonia y Plaza 5 de Mayo.

Las quejas que en total hacen unas 1,517 van desde electrodomésticos con 260 casos, mueblerías 266 casos, inmobiliarias 142, venta de autos 138, y financieras 111, entre otras en las que los consumidores resultaron engañados o estafados informó.

Delta Enterprise Panamá S.A., es la empresa que encabeza la lista de sanciones de la CLICAC con unas 33 sanciones, y es evidente la diferencia en cantidad de sanciones a otras empresas como el Super Mercado 99 con 6, Super Mercados Casa de la Carne 5, Cooperativa Juan XXIII R.L. 5 sanciones, Super Centro Felícito 4 sanciones, Centro Comercial Antón 3 y Super Centro El Combate 3 sanciones. Las sanciones antes mencionadas van de enero a diciembre del 2001 y son las más sancionadas en este rango según la CLICAC.

La jefa de Conciliación manifestó que a su departamento sólo le compete conciliar y buscar la opinión de las empresas vía telefónica. Según De Castro muchos de los comercios no tienen teléfono y en muchos casos por más esfuerzos que se hagan no se logra conciliar a la empresa con los compradores.

En el caso específico de las personas que abonan y no reciben sus enseres o les es entregado otro en su lugar, señaló que muchas de estas empresas toman los abonos al inicio del período de mayor venta, octubre y noviembre, y posteriormente cierran el establecimiento, estos casos se dan más que todo en establecimientos de indostanes, que también se dedican a vender mercancía defectuosa o de ínfima calidad.

Las personas se quejan de que ven un artículo en el establecimiento, pero al recibir la mercancía no es la que pagaron, por ejemplo pagan por una refrigeradora de 14 pies cúbicos y le mandan una de menos capacidad.

Indicó que el engaño consiste en que los compradores no le toman importancia a la facturación, y los vendedores facturan diferente de lo que se acuerda con el consumidor.

En estos casos las quejas no caminan porque se tramita la entrega del bien facturado, y los tratos de palabras sin pruebas no se pueden comprobar, enfatizó.

Según De Castro la entidad está preocupada por la utilización de productos ganchos para atraer al consumidor a comprar, y luego le envían otra mercancía.

La mayoría de las empresas citadas no asisten a CLICAC a exponer su posición, sólo un pequeño grupo que resuelve, cambia el bien o devuelve el dinero, eso después de muchas gestiones y por mucha paciencia por parte del consumidor.

El tiempo que se demore el consumidor en presentar sus quejas o en negociar por su cuenta influye en la solución del problema, hay personas que se apersonan a la CLICAC 6 u 8 meses después de haber pagado un artículo que nunca le fue entregado.

La funcionaria alertó a los consumidores a no dejarse llevar por los precios más bajos, sino que antes investiguen la confiabilidad y qué tan cumplidor es el empresario en la entrega del bien.

Las leyes que rigen a la CLICAC no consideran sanciones para este tipo de engaños salvo el artículo 31 numeral 8 que establece que será responsable de la resolución contractual cuando el artículo no se haya entregado dentro del período o el plazo previsto, y regularmente se tramita en el área de investigación, sin embargo sólo se presiona a la empresa para que entregue la mercancía.

Cuando son varias quejas a una misma empresa, se hace un paquete y se envía a la Dirección Ejecutiva Legal de la institución para que se abra un expediente de investigación por malas prácticas.

 

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