El Municipio de Capira planea llevar a la Asamblea Nacional de Diputados, un proyecto de ley en el que se aumenta a B/.1.50 el metro cúbico, el impuesto a cobrar por los municipios a las empresas que extraen arena submarina.
La Ley 32 del 9 de febrero de 1996 establece que las empresas dedicadas a la extracción de arena submarina deben pagar 40 centésimos por metro cúbico, lo que a criterio del alcalde de Capira, Iván Saurí, es muy poco, considerando el precio actual de venta en el comercio.
Otro de los objetivos de modificar la Ley 32 es poder eliminar el litigio existente con el Municipio de Chame, que reclama un porcentaje del impuesto pagado por las empresas areneras a la tesorería de Capira, basándose en un acuerdo que data del 16 de agosto de 1978.
Según este acuerdo, el distrito de Chame tiene derecho al 50% del impuesto que recibe el Municipio de Capira por parte de las empresas areneras y sobre el cual existe pronunciamiento de la Corte Suprema de Justicia del año 1985 y que fue ratificado en el 2002.
Saurí mencionó que aún cuando gran parte de la arena que se utiliza en la construcción proviene del área de Capira, el precio de venta al público en el comercio local es de B/.19.25 por yarda, el cual afirmó es demasiado elevado.