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La nueva Constituci�n es viable

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Donatilo Ballesteros S.
Cr�tica en L�nea

Los acontecimientos pol�ticos post-elecci�n, han despertado la voracidad de quienes pretenden lograr la prolongaci�n de su hegemon�a gubernamental, al punto que seguros de contar con sus obsecuentes mandaderos, han propuesto las m�s inveros�miles reformas y ajustes legales, todo para crear las estructuras desde las cuales har�n sentir su capacidad de mando desde fuera del gobierno. Soy de los que ubican responsabilidad en semejantes actos en el Sr. presidente, pero no dejo de asignar su cuota a quienes irresponsablemente aprueban sin ambages todo lo que les pide.

Por ello la necesidad de una nueva Constituci�n Nacional se hace sentir cada vez m�s, no s�lo en los grupos pol�ticos, sino en todos los gremios, organizaciones sindicales, docentes, estudiantiles, profesionales, comerciales e industriales, sectores productivos y en la poblaci�n en general, que advierte el grave peligro de la permanencia de una dictadura civil, ejercida a trav�s del Organo Legislativo y ahora reforzada con el Judicial. Es inocultable la desesperaci�n de los personajes del saliente gobierno, pero mayor es a�n, la desconfianza del pueblo en ese grupo.

La actual Constituci�n tiene limitaciones en su art�culo 308, para el mecanismo de Reformas a la Carga Magna, determinando dos m�todos a trav�s de los cuales pueden producirse. Eso ha sido practicado con resultados negativos, ya que la Asamblea Legislativa no producir� las profundas reformas que afecten sus propios intereses. Tampoco el pueblo avalar� las propuestas de tinte personal, que no conducen, sino al afianzamiento de los poderes econ�micos enquistados en el poder.

Pero la dotaci�n al pa�s de una nueva Constituci�n, no tiene estas restricciones que le han servido a los perredianos, para continuar con un texto de corte militarista. Para una nueva Constituci�n no existen m�todos o procedimientos de obligatorio cumplimiento, como si existen para las reformas. La raz�n de ello, es que para expedir una nueva Constituci�n el poder emana del pueblo, que lo puede ejercer con un refer�ndum, si se le somete el �xito a su ratificaci�n, o mediante la elecci�n de una Asamblea Constituyente que examine el proyecto que se elabore para ser discutido, aprobado y sancionado hasta ponerlo en vigencia.

El art�culo 2 de la Constituci�n dice que el poder p�blico emana del pueblo. Los Organos del Estado a trav�s de los cuales se ejerce, cumplen un mandato popular, y no una sustituci�n del titular de ese derecho. Se produce una especie de delegaci�n de facultades, sin renunciar la titularidad. El pueblo sigue siendo el que ostenta ese poder, y cuando se trate de reformas, debe producirse a trav�s del mecanismo previsto en el Art. 308 de la CN, pero si lo que deseamos es una nueva Constituci�n, es al pueblo a quien corresponde su aprobaci�n, ya sea directamente o por mediaci�n de una Asamblea Constituyente, que es la f�rmula que estimo m�s apropiada.

La viabilidad de la nueva Constituci�n es indiscutible, no s�lo por ser facultad innegable que le corresponde al pueblo, sino porque las condiciones sociales, econ�micas, educativas, morales, p�blicas y de salud, convergen hacia esa necesidad en todo el pa�s, adem�s de que las acciones de desaf�o y el cinismo puesto de presente por el sector gobernante, contribuyen al aceleramiento de la motivaci�n y al reconocimiento de las causas que justifican la emisi�n de una nueva Constituci�n.

 

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CREO SER UN BUEN CIUDADANO

Sin embargo, no aplico la urbanidad

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