La detención preventiva es una de las medidas restrictivas de la libertad más severas utilizadas dentro de un proceso penal. Se emplea con la finalidad de asegurar que la persona acusada de la comisión de un delito se presente, ante las autoridades que investigan o que juzgan el hecho, las veces que sea necesario o que sea citada, según la magistrada Ildes Pinilla Guzmán, presidenta del Tribunal Superior de Coclé y Veraguas.
Según la Magistrada, la detención preventiva debe ser utilizada en forma excepcional, cuando las otras medidas restrictivas no puedan cumplir con ese fin.
APLICACION ACTUAL
En la actualidad, cuando se está frente a una investigación penal, la primera medida que se utiliza es la detención preventiva, sin considerar otras situaciones menos severas. Cuando se trata de un hecho que aparece en la Ley como "delito inexcarcelable", se decreta esta acción sin importar si hay o no razón para hacerlo, puntualizó Pinilla Guzmán.
Con el nuevo sistema acusatorio, se elimina esa lista indiscriminada de delitos inexcarcelables, y solo se aplica esa medida cuando es necesaria y razonablemente justificada. Actualmente quien ordena la detención preventiva es el propio funcionario que se encarga de investigar para acusar; sin embargo, con el nuevo sistema, quien decreta o autoriza esa medida restrictiva de la libertad es un juez imparcial, guardián de que no se violen los derechos y garantías fundamentales.
La detención preventiva vigente se asemeja a una pena anticipada en el sistema acusatorio. Es una norma temporal y aplicable de manera excepcional cuando ya las otras no funcionan. Esta situación es la causa de una gran cantidad de presos sin condena y del hacinamiento que existe hoy en las cárceles, por la forma indiscriminada y sin el control como se aplica la medida, sostuvo la Magistrada.
Con el nuevo sistema acusatorio, esto puede suceder, sin olvidar que no es solo para los delincuentes, es también para todas las personas que se ven involucradas en investigaciones penales, puntualizó la Magistrada.