Mayín dejará atrás
diferencias con el fiscal Gerardo Solís
Jean Marcel Chéry
Crítica en Línea
Los magistrados del Tribunal
Electoral (TE) rechazaron ayer, por infundadas, las impugnaciones contra
la candidatura de la alcaldesa capitalina, Mayín Correa, y la habilitaron
para aspirar a reelegirse.
Después de dos horas de deliberación, los tres magistrados
leyeron 25 puntos en que argumentaban, unánimemente, las razones
para rechazar la solicitud que presentó el fiscal electoral, Gerardo
Solís, y el impugnante particular César Debutó, con
el fin de evitar que Correa fuera candidata a la Alcaldía, por haber
sido condenada por delito electoral en 1994.
Correa recibió el fallo del Tribunal Electoral llorando. En medio
de sollozos, la alcaldesa ponderó la decisión de los magistrados
y aseguró que "dejará atrás" las diferencias
que este proceso provocó con el fiscal electoral.
La funcionaria agradeció a su equipo de 22 abogados, de los cuatro
partidos que la postularon, especialmente a los siete juristas que asumieron
su defensa durante la audiencia. Entre los defensores de Correa estaban
los tres exprocuradores, Rogelio Cruz, Jorge Ramón Valdés
y Rafael Rodríguez y la exfiscal Marianela de Alvarez. Además
de Ramón Lima, Marcelo De León y Olmedo Arrocha.
A la audiencia se presentaron Alberto Vallarino, Joaquín Franco,
Alfredo Oranges, Juan Carlos Varela, Jorge Hernán Rubio, Jorge Flores,
José Alberto Alvarez, Fernando Arias, Raúl Mulino, y otros
destacados políticos que se solidarizaron con Correa.
Por su parte, Vallarino, candidato presidencial de la nómina "Acción
Opositora", en la cual Correa es aspirante a la primera vicepresidencia,
indicó que con el fallo de los magistrados, logran superar los intentos
de persecución política contra Mayín y además
se refuerza la campaña a la Alcaldía y a la Presidencia.
Después de la sentencia, Correa y Vallarino se dirigieron al Parque
Porras, donde decenas de simpatizantes lo esperaban para celebrar.
El magistrado ponente, Erasmo Pinilla, sustentó que, "después
de que una persona ha cumplido su pena debe estar en igualdad de condiciones
que los otros".
En su fallo, los magistrados criticaron la legislación panameña
que impide "de por vida", aún después de cumplir
la pena, aspirar a un puesto de elección, lo que sería perder
a perpetuidad parte de los derechos ciudadanos, "lo que sin duda viola
los tratados internacionales suscritos por nuestro país en derechos
humanos".
"Debe ser el pueblo quien decida si una persona condenada debe o
no ejercer un cargo una vez cumplida la pena", consideraron los magistrados.
Este es un caso "sobre la existencia de normas electorales que representan
una aberración y un atentado contra la vigencia de los derechos humanos
en un Estado democrático", sentenciaron.
Pinilla explicó que la Fiscalía Electoral solicitaba que
se inhabilitara a Correa, porque la ley indica que los candidatos a alcaldes
y representantes de corregimiento no deben hacer cometido delitos contra
la libertad y pureza del sufragio.
En 1994 todos los delitos electorales eran delitos contra la libertad
y pureza del sufragio, pero las reformas al Código Electoral, fueron
modificadas y en 1998 no es así, explicó.
Además manifestó- el delito por el cual fue condenada
Correa, no se tipifica como contra la libertad y pureza del sufragio.
Correa fue condenada el 4 de abril de 1994 por utilizar recursos del
Estado, en beneficio del partido en formación Alianza Popular.
"Acceder a lo que piden los impugnantes equivaldría a que
el TE reclasificara o reubicara la tipificación del Código
Electoral con efecto retroactivo" a la ley electoral de 1994, dijo
Pinilla.
|
|
Después de dos horas de deliberación, los tres magistrados
leyeron 25 puntos en que argumentaban, unánimemente, las razones
para rechazar la solicitud que presentó el fiscal electoral, Gerardo
Solís, y el impugnante particular César Debutó, con
el fin de evitar que Correa fuera candidata a la Alcaldía, por haber
sido condenada por delito electoral en 1994. |
|