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Justifican pago de nuevo impuesto

Redacción | Cr�tica en L�nea

La subdirectora general de Ingresos del Ministerio de Economía y Finanzas, Maricel Della Togna, aclaró que desde la expedición de la Ley 49 en septiembre del año pasado se introdujo la obligación para que los terrenos de apartamentos sujetos al régimen de propiedad horizontal, pagaran impuesto, y agregó que no se trata de un tema nuevo.

Añadió que la Ley 8 del 15 de marzo de 2009, lo que hizo fue cambiar la tarifa en donde se estandarizó la misma al 1% para todos los terrenos inscritos bajo el régimen de propiedad horizontal, siempre que tuvieran mejoras exoneradas, sin importar que el terreno no sobrepase los B/30 mil.

Los impuestos tienen fecha tope de pago y son de conocimiento público, por lo que puntualizó que "las personas que no pagaron el 30 de abril tendrán que pagar un recargo por el saldo del impuesto no pagado. Mientras más rápido paguen, menor será el monto a pagar", expresó Della Togna.

Mencionó que el impuesto únicamente aplica para terrenos de PH, puesto que la tarifa de viviendas unifamiliares no se ha modificado.

Para más información, los contribuyentes pueden dirigirse al Viceministerio de Finanzas, ubicado en el antiguo Edificio del Ministerio de Hacienda y Tesoro en Avenida Perú o en las Oficinas de la DGI en las provincias. También pueden informarse en la línea 800-4636 y en la página web www.dgi.gob.pa




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