El ex banquero Rafael Arosemena debe ser puesto a órdenes de la Dirección General del Sistema Penitenciario, ya que el pleno de la Corte Suprema de Justicia confirmó la revocatoria del arresto domiciliario a su favor.
La solicitud de habeas corpus que ingresó el 6 de mayo y salió en lectura del despacho del magistrado ponente, Harley James Mitchell, el 7 de mayo, contó con el impedimento de la magistrada Esmeralda Arosemena de Troitiño (cuya suplente fue Mirtha Vanegas de Pazmiño) y el salvamento de voto del magistrado Jerónimo Mejía.
La decisión del máximo tribunal responde tras el habeas corpus presentado por Carlos Carrillo Gomila, abogado de Arosemena, en contra de la Resolución No. 490 de 30 de abril de 2008 emitida por la dirección del Sistema Penitenciario, que revoca un arresto domiciliario que se había concedido al privado de libertad, en atención a su mejoría clínica.
El pleno de la CSJ estimó que la medida de protección no es procedente puesto que el equipo médico del Instituto de Medicina Legal determinó que Arosemena se encuentra en condición estable de salud.
Arosemena fue condenado por peculado, peculado doloso, peculado por apropiación, peculado y asociación, todos en perjuicio del BNP, cuando era gerente del mismo.