EDITORIAL
Caso Faúndes en decisión
Declaraciones proferidas
por el suspendido Magistrado José Manuel Faúndes indican que
la causa constitucional en consulta en la Corte Suprema de Justicia será
resuelta con prontitud por el pleno de magistrados suplentes que deberán
conocer el negocio ante el impedimento de los principales, transcurrido
dos años desde la interposición de solicitud aclaratoria demandada
por el Legislador Roberto Abrego, acusador en el juicio legislativo.
La demora excesiva en la tramitación del expediente Faúndes,
resultado de contingencias propias del procedimiento judicial es percibida
en la colectividad panameña como una manera ilegítima de castigar
al funcionario, quien permanece inactivo, recluido en su residencia, sin
ingresos, impedido de ejercer su profesión de abogado, viviendo en
un limbo injustificable que ahora será definido por la alta corporación
de la justicia panameña.
Los incidentes, interioridades y alegaciones acaecidos en el juicio parlamentario
contra el Magistrado Faúndes pusieron de relieve las carencias y
pobrezas que circundan el desempeño judicial, permitiendo conocer
de actuaciones del Ministerio Público y Judiciales apartadas del
rigor procesal, que impulsaron al Magistrado a reclamar contra ellas, intentando
alcanzar soluciones de equidad y justicia para detenidos absueltos que soportaron
alargamientos de sus prisiones por demoras burocráticas censurables.
La libertad individual de las personas constituye el derecho humano fundamental
que debe preservarse, defenderse e impedir que acciones ilegítimas
la cercenen; en este sentido, un sentimiento profundo de dar a cada cual
lo suyo debe primar en los actos de los responsables de decidir las causas
y decir el derecho.
Ese sentimiento justiciero de intentar hacer que la equidad morigere
las durezas del formalismo y la burocracia impulsó los pasos del
Magistrado Faúndes, a quien se quiso castigar con el juicio legislativo,
y cuyas resultas, de no haberse interpuesto el demorado escrito de consulta
constitucional del texto del artículo 2494 del Código Judicial,
hubiera devuelto al juzgador a su cargo judicial.
La decisión jurisdiccional de la Corte Suprema para resolver la
consulta interpuesta por el Fiscal Abrego urge; la comunidad sensitiva percibe
el retardo como mecánica desesperada que sirve al propósito
de impedir que el Magistrado Faúndes retorne absuelto a su destino
en la Corte Suprema de Justicia, por lo que reclama se solucione el diferendo,
en vertical honorable y digno sentido de hacer justicia.
Una decisión de equilibrio, sostenida en la mejor hermenéutica,
que resuelva el Caso Faúndes servirá para recobrar estimas
y apoyos populares al quehacer juzgador panameño; por tanto, los
Magistrados Suplentes, tienen histórico reto, una responsabilidad
patriótica, en la oportunidad de hacer válido el conocido
axioma, "todavía hay Jueces en Berlín".
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AYER GRAFICO |
El Blair Park de Bocas del Toro, el primer hipódromo que hubo en
Panamá. |
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