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"Reelección: preguntas y respuestas"
"Si el gobierno tuviera verdadero interés
por democratizar y modernizar la Constitución, habría propuesto
un proyecto que incorporara la fórmula constituyente al procedimiento
de reforma constitucional"
Carlos Guevara Mann
Al electorado le tocará
votar el 30 de agosto por reformas a varios artículos de la Constitución,
una de las cuales permitiría la reelección presidencial inmediata.
Pero nada ha dicho Ud. sobre las otras reformas propuestas. ¿Cuáles
son éstas?
Además de permitir la reelección presidencial inmediata,
la reforma que será sometida a referéndum establece la autonomía
financiera del Tribunal Electoral y fija su presupuesto en "ocho décimos
del uno por ciento de los ingresos del Gobierno Central." También
elimina la facultad que actualmente tienen los partidos políticos
de revocarles el mandato a los legisladores.
- ¿Estos otros temas no merecen atención por parte del
pueblo? Estos y muchos otros temas constitucionales deben ser objeto de
reforma.
Para desarrollarnos en democracia, que es el único sistema que
conviene al pueblo, es preciso llevar a cabo una revisión integral
de la defectuosa Constitución de 1972, que todavía nos rige.
Esa reforma debe contemplar muchísimos aspectos, no sólo los
que el gobierno ha decidido, arbitrariamente, poner en la agenda.
Urge reformar, por ejemplo, el capítulo concerniente a la Asamblea,
muy en particular el método de elección de sus integrantes
y las atribuciones de esa corporación. Es preciso actualizar y democratizar
el Título III, sobre Derechos y Deberes Individuales y Sociales,
que está atrasado con respecto a los adelantos registrados a nivel
mundial en materia de derechos humanos.
Las secciones correspondientes al Poder Ejecutivo, el Poder Judicial,
el Ministerio Público y el Régimen Municipal deben también
ser objeto de reforma. Y a la Defensoría del Pueblo debe dársele
rango constitucional.
Si el gobierno tuviera verdadero interés por democratizar y modernizar
la Constitución, habría propuesto un proyecto que incorporara
la fórmula constituyente al procedimiento de reforma constitucional,
con el fin de que los panameños pudiésemos llevar a cabo una
reorganización ordenada y juiciosa de la República a través
de la elección legal de una Asamblea Constituyente, como se le solicitó
al Presidente-candidato, a través de esta columna, el martes 25 de
noviembre de 1997.
Pero democratizar y modernizar la Constitución no le interesa
al gobierno en lo más mínimo. Al gobierno sólo le interesa
seguir aprovechándose del poder a través de la reelección
presidencial inmediata del señor Ernesto Pérez González.
Para disimular esa intención corrupta es que metieron en el proyecto
la autonomía del Tribunal Electoral y la eliminación de la
revocatoria de mandato. Pero las reformas propuestas sobre esos temas son
incompletas.
- ¿Por qué es incompleta la reforma sobre el Tribunal Electoral?
Porque, aunque le concede autonomía financiera y determina el
presupuesto mínimo del Tribunal, nada dice, entre otros asuntos,
sobre el método para designar a los magistrados de ese organismo.
De acuerdo con el método imperante (artículo 136), el Ejecutivo,
la Asamblea y la Corte designan cada uno a un magistrado del Tribunal Electoral,
por diez años. Ese procedimiento, que bajo un régimen verdaderamente
democrático sería garantía de imparcialidad, en nuestro
medio ha servido para someter al Tribunal a los vaivenes de la politiquería.
El ejemplo perfecto lo tenemos en el reemplazo que hizo la Asamblea del
magistrado Guillermo Márquez, quien gozaba de la confianza ciudadana,
por Erasmo Pinilla, quien como militante perredista de alta jerarquía
comparte responsabilidad por las ilegalidades y fraudes electorales de la
dictadura.
Esta acción politiquera - permitida por la Constitución
vigente - obviamente ha reducido la confianza del público en el Tribunal
Electoral, lo que le ha impedido a este organismo llevar a cabo sus funciones
con mayor normalidad y apoyo ciudadano.
Otro de los motivos por los cuales debemos acudir a las urnas y votar
NO el 30 de agosto es, pues, para exigir el derecho a realizar una reforma
bien hecha de la Constitución, no una reforma hecha a la medida de
un individuo, el Candidato-presidente.
[continuará]
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