Jueves 9 de julio de 1998

 








 

 

EDITORIAL
Arbitraje laboral obligatorio

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as normativas laborales que regulan los aspectos huelguísticos y de confrontación obrero-patronal fueron adicionadas con la ley 45 de julio de 1998, cuya promulgación se anuncia hoy, en la cual se incorpora la institución del arbitraje laboral obligatorio, rompiendo los tradicionales marcos que ofertan las legislaciones del mundo.

La incorporación al derecho positivo de esta norma surge de los resultados catastróficos de la huelga bananera pasada, donde más de dos mil trabajadores quedaron cesantes a causa de las inflexibilidades endurecidas de dirigencias sin perspectivas globales del fenómeno productivo, que no pudieron superarse con la acción pública al carecerse de asidero legal que lo respaldara.

Los gremios trabajadores resienten la medida legislada, acusándola de cortapisa al ejercicio del derecho de huelga, favorecedora de la posición patronal que al alero de su previsión endurece los términos de las negociaciones bilaterales, alejando los entendimientos y los consensos.

En consecuencia, los sindicalistas anuncian que realizarán denuncias, reclamos y demandas ante entidades internacionales, en especial a la Organización Internacional del Trabajo (OIT), con asiento en Ginebra, apéndice de Naciones Unidas, cuyos acuerdos multilaterales suscritos por Panamá garantizan la plenitud sindical y el ejercicio de reclamo, protesta y huelga.

Conviene recordar que en los inicios del régimen legal del trabajo en Panamá se asignó el derecho a solicitar arbitraje únicamente al trabajador, no así al patrono; reformas posteriores, lo extendieron a ambas partes, en una decisión legislativa de equilibrio y justicia; ahora, el régimen mandante amplía tal potestad al Estado; decisión que los agremiados sindicalistas acusan de desacierto, al identificar que existe igualdad de criterios e intereses entre la patronal y el Gobierno.

Las explicaciones del ciudadano Presidente de la República, Dr. Ernesto Pérez Balladares, al referirse al tema relievaron las consecuencias sociales que la inflexibilidad negociadora y la obsecación huelguística originó en Puerto Armuelles, donde ahora el gobierno debe repartir alimentos para contener la hambruna y paliar los profundos deterioros materiales de la vida local, cargando los costos al Erario, de todos los panameños; razón suficiente para superar el papel pasivo estatal de convidado de piedra en los conflictos laborales panameños.

Preservar los empleos; garantir las fuentes de trabajo, son responsabilidades básicas que debemos reconocer y respaldar si pretendemos superar los estadios de pobreza y depauperación; sin embargo, debemos advertir que las denuncias internacionales, de prosperar pudieran causarle a Panamá deméritos, pérdidas y reducciones de ayudas, asistencias y respaldos, cuyos efectos resultaran peores que el mal a conjurar; es decir, ser la medicina peor que la enfermedad.

 

 

 


 

AYER GRAFICO
Curules de los Diputados a la Asamblea Nacional en el período de 1960 a 1964.


CREO SER UN BUEN CIUDADANO
Sin embargo, Los "diablos rojos" siguen haciendo de las suyas.


OPINIONES



 

 

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