Con penas de prisión que van de 15 a 20 años serán castigadas las personas que incurran en los delitos de secuestro y tortura. Esto es parte de los cambios contemplados en el Código Penal, por medio de un anteproyecto de ley, el cual fue aprobado en primer debate en la Comisión legislativa de Gobierno.
DELITOS NO PRESCRIBIRAN
El presidente de la comisión, Hernán Delgado, calificó como "supremamente importante" la propuesta presentada por el Ejecutivo, ya que pretende corregir el incumplimiento de la obligación contraída por el Estado, al momento que aprobó y convirtió en leyes de la República las Convenciones contra la Tortura y la Desaparición Forzada de Personas, tipificando correctamente estos delitos en el Código Penal, a fin de brindar la eficacia de una verdadera protección a los derechos humanos y evitar cualquier resabio de impunidad en el futuro.
Dijo que la pena aumenta cuando están involucrados funcionarios, policías, agentes de seguridad o de investigación, ya que las sanciones podrán ser de hasta 20 años de prisión.
El documento presentado por la ministra de Gobierno, Roxana Méndez, establece -además- que "el servidor público que someta a un privado de libertad a castigos indebidos que afecten su salud o dignidad será sancionado con prisión de dos a tres años.
Si el hecho consiste en castigo infamante, vejación o medidas arbitrarias o si se somete en la persona de un menor de edad, la sanción será de cinco a ocho años de prisión".