Fracasa intento de frenar el ordenamiento territorial capitalino
La Sala Tercera de lo Contencioso Administrativo de la Corte Suprema de Justicia decidió no acceder a la solicitud de suspensión provisional presentada contra el Acuerdo Municipal No. 61 de 30 de marzo de 2021, mediante el cual fue aprobado el Primer Plan Local de Ordenamiento Territorial (PLOT) del distrito de Panamá.
La decisión se da luego de una demanda contencioso-administrativa de nulidad presentada contra el acuerdo municipal; sin embargo, el máximo tribunal consideró que, en esta etapa del proceso, no existen los elementos necesarios para suspender los efectos del PLOT, por lo que el instrumento de planificación territorial se mantiene vigente.
En su resolución, la Sala Tercera señaló que no se acreditó de forma sumaria una infracción manifiesta al ordenamiento jurídico ni un daño grave o irreversible que justificara la medida cautelar solicitada por los demandantes.
El fallo reconoce además que el proceso de formulación del PLOT contempló etapas de consulta y participación durante los años 2019, 2020 y 2021, con acompañamiento técnico y participación de distintos sectores vinculados al desarrollo urbano y territorial del distrito de Panamá.
El Plan Local de Ordenamiento Territorial constituye una herramienta estratégica para organizar el crecimiento urbano, establecer lineamientos de desarrollo sostenible y promover una planificación más ordenada del distrito capital.
La resolución emitida por la Sala Tercera de la Corte Suprema representa una decisión cautelar dentro del proceso judicial actualmente en trámite.