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Panamá debe exigir a Guatemala respeto a la inmunidad diplomática

La defensa de los diputados del Parlacen, Ricardo Alberto y Luis Enrique Martinelli Linares pidió al gobierno de Panamá que exija al de Guatemala, que respeten la calidad de diplomáticos de ambos y se ordene su inmediata libertad y permita el retorno de éstos a su país.

En dos notas enviadas a la Cancillería, el abogado Luis Eduardo Camacho detalla las violaciones a la Convención de Viena y al tratado sede del Parlacen suscrito por Guatemala.

Aparte de eso, ayer el propio Ministerio de Relaciones Exteriores de Guatemala revela que el 30 de junio los diputados Martinelli ingresaron vía electrónica una solicitud para salvoconducto para tránsito y no se había recibido al momento ninguna solicitud de extradición por parte de EEUU.

Los Martinelli enviaron en la solicitud su número de identificación parlamentaria como diputados suplentes del Parlacen (las No.0556 y No.0557 , señala un comunicado de la cancillería chapina.

El abogado Camacho remitió a la Cancillería de Panamá una serie de documentos como notas del Parlacen que acreditan que los Martinelli presentaron su documentación para lograr sus identificaciones como diputados y otro documento del Ministerio de Relaciones Exteriores de Guatemala, que reconocen la condición diplomática de ambos diputados.

El abogado Camacho pide a la Cancillería de Panamá que solicite al gobierno guatemalteco el retorno inmediato a su país de los diputados Martinelli.

Señor Canciller de Panamá se debe solicitar a la República de Guatemala, que se respeten las garantías y derechos fundamentales, así como la inmediata libertad de los ciudadanos panameños y diputados, quienes por su condición diplomática no podían ser objeto de ninguna forma de detención o arresto, señala la documentación.

Camacho destaca su petición en base a lo establecido por el artículo 17 de la Carta Magna que señala que las autoridades de Panamá " están instituidas para proteger en su vida, honra y bienes a los nacionales dondequiera se encuentren y a los extranjeros que estén bajo su jurisdicción; asegurar la efectividad de los derechos y deberes individuales y sociales, y cumplir y hacer cumplir la Constitución y la Ley."

Acudimos al gobierno de Panamá con la finalidad de requerir para los diputados Martinelli, la protección, aseguramiento de sus garantías fundamentales y derechos que le asisten por su investidura diplomática, que han sido violentadas al momento de materializarse la privación de su libertad por parte de la Policía Nacional de Guatemala, advierte la petición.

La Ley No.28 de 7 de julio de 19992 y el Decreto Ejecutivo 367 de 17 de agosto de 2018, establecen de forma clara que es una obligación de la Cancillería “proteger, defender y promover los derechos de los nacionales en el exterior”4.

Los diputados Martinelli fueron detenidos ilegalmente el 6 de julio en el aeropuerto Internacional la Aurora, a pesar de que mostraron e hicieron entrega de sus identificaciones diplomáticas expedidas por la Presidencia del Parlamento Centroamericano, donde se hacía constar su condición de miembros del Parlacen por el Estado de Panamá.

Las actuaciones de las unidades policiales de Guatemala, violentaron de forma grave claras disposiciones internacionales que resguardan la calidad diplomática, que impedían que los diputados fueran privados de su libertad, la revisión de sus pertenencias y equipaje, así como el evidente y mal intencionado festín mediático al que han sido sometido con la filmación permanente durante toda su detención y comparecencia ante diversas autoridades

En su escrito, el abogado aporta nota de 27 de junio de 2019 suscrita por Juan José Pérez, oficial de Privilegios e Inmunidades del Parlacen, que hizo constar que los Martinelli presentaron toda la documentación requerida para acreditar su condición de parlamentarios por el Estado de Panamá.

Además la Comisión Extraordinaria de Credenciales del Parlacen declaró como aceptables las credenciales y les expidió las identificaciones diplomáticas 0556 y 0557 de 25 de julio de 2019, mediante la cual el presidente de ese organismo hace constar la condición de ambos como parlamentarios.

La identificación diplomática hace referencia a las inmunidades y privilegios que mantienen quienes portan ese documento, donde específicamente se hace constar que el artículo 5 del Acuerdo Sede entre el Gobierno de Guatemala y el Parlamento Centroamericano, que destaca que los diputados centroamericanos mantienen “inmunidad de arresto personal o detención y de embargo o secuestro de equipaje personal”, así como también la “inviolabilidad de sus documentos”.

Se aportó otra nota de la Dirección General de la Policía Nacional de Guatemala, donde se solicita a las autoridades correspondientes observar estrictamente las disposiciones emanadas del Acuerdo Sede, concediendo al portador los privilegios, inmunidades y consideraciones debidas a su alta investidura.

En Guatemala hubo "una evidente infracción a las garantías y derechos que deben ser reclamados" por Panamá, como fueron las violaciones al Acuerdo Sede ratificado ́ por Guatemala, en noviembre de 1996, denunció Luis Eduardo Camacho González.

Aparte de ello -Camacho destaca- que la protección diplomática de los Martinelli se encuentra reconocida también en la Convención de Viena Sobre Relaciones Diplomáticas, que en su artículo 29 expresa que “la persona del agente diplomático es inviolable”, por lo que “no puede ser objeto de ninguna forma de detención o arresto”, señalando además, que “el Estado receptor le tratará con el debido respeto y adoptará todas las medidas adecuadas para impedir cualquier atentado contra su persona, su libertad o su dignidad”.

Podemos "sostener de forma categórica que se han infringido las garantías fundamentales y derechos como diplomáticos panameños, lo cual faculta al Estado panameño a elevar una reclamación para proteger, defender y promover sus derechos ante el Estado Guatemalteco", sustenta el jurista.

En otro documento para ampliar el reclamo que debe hacerse a Guatemala, el abogado Camacho aporta nota donde advierte que el ingreso de los Martinelli al territorio guatemalteco, se dio en razón de la autorización queles otorgó el Ministerio de Relaciones Exteriores y la Dirección General de la Policía Nacional Civil tal como consta en el salvoconducto con número 2300-2020.

Además se alega que el ingreso al territorio guatemalteco, se realizó amparado en el numeral 13 del artículo primero de la Disposición Presidencial del 16 de marzo de 2020, donde el Órgano Ejecutivo en razón de la pandemia del COVID-19 dispone el cierre de las fronteras aéreas, terrestres y marítimas de ese país, dejando como excepciones el ingreso de nacionales, residentes permanentes y el Cuerpo Diplomático acreditado en el país.

"La condición de Diplomáticos fue reconocida por el Estado de Guatemala, lo cual se desprende de las actuaciones efectuadas por el Ministerio de Relaciones Exteriores y la la Policía Nacional Civil. Este acto unilateral, como por ejemplo el reconocimiento de la condición diplomática de los Hermanos Martinelli que permitió su ingreso a ese país, genera consecuencias jurídicas inmediatas, siendo una de ellas la prohibición del comportamiento inconsistente, concluye Camacho.

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