Cae falso promotor de modelos por privación, violación y extorsión
Un hombre que se hacía pasar por promotor de modelos fue capturado en San Miguelito durante la operación SCAM. Es acusado de privación de libertad, violación y extorsión.
Panamá- Un sujeto que se hacía pasar por promotor de modelos fue aprehendido durante la operación SCAM, ejecutada por la Fiscalía Primera Superior contra la Delincuencia Organizada en el distrito de San Miguelito.
Al sospechoso se le vincula con la presunta comisión de los delitos de privación de libertad, violación y extorsión, en perjuicio de una ciudadana captada para trabajar de modelo.
La trampa del cazatalentos
La Fiscalía inició la investigación, luego de que la víctima denunció lo que le ocurrió el pasado 31 de julio. Ese día, según lo que dice el expediente, a través de una cuenta de TikTok citaron a la víctima a una estación del metro, luego la hicieron subir a un vehículo en el que la privaron de libertad y la llevaron a una casa de ocasión. En el lugar, el sospechoso, supuestamente, le tomó fotos y videos íntimos para extorsionarla.
El futuro judicial del detenido
Ahora, el hombre será presentado ante un Tribunal de Garantía en las próximas horas, para la judicialización del caso en su contra.
Las penas que enfrenta
De acuerdo con el Código Penal de Panamá, de ser imputado y luego condenado el sujeto podría enfrentar:
Privación de libertad (artículo 149): Quien ilegalmente prive a otro de su libertad será sancionado con pena de uno a tres años de prisión. Si la privación es ordenada o ejecutada por un servidor público con abuso de sus funciones, la sanción será de dos a cuatro años.
Violación (artículo 174): Quien mediante violencia o intimidación tenga acceso carnal será sancionado con prisión de cinco a diez años. La pena será de ocho a doce años en casos agravantes como menoscabo de la capacidad sicológica, daño físico con incapacidad superior a treinta días, embarazo, o si se comete con abuso de autoridad o confianza. Si la violación la comete una persona portadora de una enfermedad de transmisión sexual incurable o del VIH, la pena será de diez a quince años.
Extorsión (artículo 151): Quien mediante violencia, intimidación o amenaza grave obligue a otra persona a tomar una disposición patrimonial, a proporcionar información o a tolerar, hacer u omitir alguna cosa que le perjudique, será sancionado con prisión de cinco a diez años.
El concurso de delitos
Por otra parte, si el sospechoso es imputado y condenado por los tres delitos en un mismo proceso, se aplican las reglas del concurso real establecidas en los artículos 84, 86 y 87, donde las penas se suman y acumulan, sin exceder el máximo de cincuenta años de prisión, según lo establecido en el artículo 52.
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