Ladrón de vacas era un juez de paz... ¡Lo mandan a prisión!
Un juez de paz y otro hombre, de 42 y 48 años, quedaron bajo detención provisional por hurto agravado de semovientes en Tonosí. La medida fue decretada por el juez Edwin Cedeño Vásquez.
Panamá- Un juez de paz de Los Santos y otro ciudadano, de 42 y 48 años, quedaron bajo detención provisional por la ya que se le vinculó con un caso de hurto pecuario (cuatrerismo) en la provincia de Herrera.
La medida fue decretada por el juez de garantías de la provincia de Herrera, Edwin Horacio Cedeño Vásquez.
La decisión del juez
En la audiencia de solicitudes múltiples, el juzgador tomó esta decisión tras considerar que la medida es necesaria y proporcional a la naturaleza grave del caso, y porque se demostró la supuesta vinculación de los imputados con el hecho punible y la existencia de los riesgos procesales que intervienen en el proceso.
La imputación
Previo a la imposición de la medida cautelar, el tribunal de garantías legalizó la aprehensión y dio por presentada la formulación de imputación de cargos por el delito contra el patrimonio económico, en la modalidad de hurto agravado.
El caso
Esta causa penal guarda relación con hechos ocurridos entre el 14 y 15 de septiembre de 2026, cuando se sustrajeron unas reses de una finca en Herrera, los cuales después fueron ubicados en el área de La Pintadita de Tonosí, provincia de Los Santos.
Lo que dice el Código Penal (Artículo 217)
Etiquetas"Quien se apodere de una o más cabezas de ganado que estén sueltas en dehesas, corrales o caballerizas o promuevan, patrocine, induzca, financie, facilite, colabore o incite con este hecho delictivo será sancionado con pena de seis a ocho años de prisión.
Igual sanción se aplicará a quien sin haber participado en la comisión del hecho adquiera o comercialice una o más cabezas de ganado hurtado o sus productos.
La pena señalada se aumentará de un tercio a la mitad cuando:
- El hecho se realice mediante fuerza en las puertas, las cercas, los zarzos en quebradas o ríos, en corrales o en establos.
- Se altere o suprima el ferrete que le ha sido colocado al animal.
- El autor o partícipe del hecho es el capataz, cuidador o trabajador de la finca.
- El hecho es cometido por el socio, copropietario o comunero.
- El hecho se cometa mediante el sacrificio del animal o su traslado a mataderos o subastas ganaderas.
- El hecho se cometa mediante la omisión, falsificación o alteración de la guía de transporte."