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Privación de libertad será sancionado con 15 a 20 años

Redacción Crítica

Un anteproyecto de Ley que contempla sanciones de prisión de quince a veinte años por el delito de privación de libertad, que será considerado como continuado o permanente mientras no se establezca el destino o paradero de la víctima, fue prohijado por la Comisión de Gobierno, Justicia y Asuntos Constitucionales de la Asamblea Nacional.

Se trata del Anteproyecto de Ley No.1 que modifica un artículo del Código Penal relativo a la privación de libertad y modifica el título del Capítulo 1 del Título II del Código Penal.

La propuesta de la diputada Ana Matilde Gómez tiene la finalidad de respetar y cumplir con las obligaciones contraídas por el Estado panameño, así como adecuar la normativa en la materia a los estándares internacionales, por lo que resulta imperante, dijo, la modificación del artículo 152 del Código Penal.

La diputada Gómez indicó que la privación de la libertad de una o más personas, cualquiera que sea su forma, cometida por agentes del Estado o por personas o grupos de personas que actúen con la autorización, el apoyo, directo o indirecto, o la aquiescencia del Estado, seguida de la falta de información o de la negativa a reconocer dicha privación de libertad o de informar sobre el paradero de la persona, con la cual se impide el ejercicio de los recursos legales o de las garantías procesales pertinentes, será sancionado con prisión de quince a veinte años y será considerado como continuado o permanente mientras no se establezca el destino o paradero de la víctima.

Por otro lado, la Comisión también prohijó el Anteproyecto de Ley No. 30, que crea la jurisdicción especial de extinción de dominio.

Su proponente, la diputada Gómez, sostuvo que el propósito es el de perfeccionar la persecución criminal en materia de narcotráfico y otros delitos graves relacionados con el crimen organizado y establecer los parámetros claros de procedimiento y precisión de las conductas típicas que darán lugar a la aplicación de un procedimiento adicional al decomiso o confiscación.

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