Todas aquellas entidades administradoras de tarjetas de débito deberán presentar mensualmente el "Informe de ventas con tarjetas" con el resumen de las transacciones efectuadas ante los comercios, prestadores de servicios, así como todas aquellas transacciones que en general se realicen a través de tarjetas de débito. Esta medida fue establecida recientemente por la Dirección General de Ingresos, la cual agrega que la información remitida a dicha entidad podrá ser rectificada voluntariamente por la persona obligada a informar, a más tardar dentro de los 90 días siguientes a la fecha legal de presentación de la información original.
Pedro Luis Prados Villar, director General de Ingresos, explicó que la persona obligada a informar y que desee rectificar, deberá completar un nuevo informe que incluya toda la información a reportar, de acuerdo con lo establecido en la presente Resolución y en el instructivo correspondiente, el cual estará disponible en la página web de la Dirección General de Ingresos.