Las personas que posean un apartamento de interés social, cuyo costo se estima por debajo de los $30 mil no pagarán el impuesto de inmueble sobre el terreno aplicable a la propiedad horizontal vertical que entrará a regir a partir del 1 de julio próximo.
El viceministro de Finanzas, Dulcidio De La Guardia, dijo que las propiedades horizontales pagarán el impuesto de inmueble sobre la porción del terreno imputado a cada propiedad, cuya tarifa, según lo establecido en la Ley 8, será menos del 1%, para lo cual se han tomado 75 puntos básicos sobre los primeros 100 mil balboas.
"Esto quiere decir que si el terreno tiene un valor de $100 mil, el impuesto a pagar será de $750 balboas, y si el terreno vale más, se pagará un 1% adicional por encima de los $100 mil b", afirmó.
En este sentido, aclaró que si el valor fuese de $200 mil balboas, se pagarán $750 por los primeros $100 mil y $1, 000 por el resto del monto que completa los $200 mil.