La aplicación del artículo 27-A de la Ley 30 de 1984, que se refiere al destino de los bienes no declarados, fue declarado inconstitucional por el Pleno de la Corte Suprema de Justicia.
El magistrado José Abel Almengor, que actuó como ponente, sostuvo en la resolución que la disposición era violatoria de la Constitución Nacional, ya que nadie podría ser sometido a medidas "sancionatorias" distintas a las vigentes.
Ese fallo se refiere a los fondos del viajero como dineros o valores que ingresan al país no declarados superiores a 10 mil dólares para evitar las prácticas del blanqueo de capitales.
La infracción que fue encontrada por el Pleno de la Corte está basada en señalar que los dineros, documentos negociables u otros valores convertibles en dinero, retenidos o decomisados a la entrada en vigencia de la Ley 15 de 22 de mayo de 2007, serían confiscados sin derecho a devolución aplicándose a las situaciones ocurridas con anterioridad a la vigencia de la norma.
Esa advertencia de inconstitucionalidad fue presentada por la firma Shirley & Asociados.