Insólitas

¡Ley contra ruido! Guardias pueden apagarte el radio y multarte

La ley contempla excepciones a las actividades culturales, artísticas, religiosas o festivas podrán realizarse con niveles de sonido más altos siempre y cuando sean autorizadas oficialmente.

Los bulleros en Colombia la van a pasar muy mal de ahora en adelante, esto luego que estableciera  la recién expedida Ley 2054 de 2025.

Según medios de ese país, la norma, aprobada con el objetivo de proteger la salud y el bienestar colectivo, impone límites estrictos a los niveles de ruido en espacios urbanos, rurales y naturales, y otorga facultades a la Policía Nacional para intervenir directamente en casos de contaminación acústica.

Entre uno de los aspectos más llamativos de la nueva ley es que autoriza a los uniformados a entrar a tu casa y apagarte el ruido, como equipos de sonido o parlantes, y aplicar sanciones económicas que pueden llegar hasta  $474.500 por infracción.

Pero no solo se trata de sancionar, porque también contempla la posibilidad de clausurar establecimientos como discotecas, bares, tiendas, iglesias o incluso viviendas donde se realicen fiestas reincidentes que alteren la convivencia.

Todas las mediciones se harán con sonómetros certificados, operados por la Policía Ambiental y otras autoridades designadas. Estos dispositivos permiten verificar de forma objetiva cuándo se están superando los límites permitidos.

Además, implica que las ciudades deberán crear mapas sonoros y definir zonas de alta sensibilidad, especialmente cerca de hospitales, colegios, bibliotecas, zonas residenciales y áreas protegidas, donde los niveles de sonido serán más estrictos.

A pesar de eso, la ley también contempla excepciones a las actividades culturales, artísticas, religiosas o festivas podrán realizarse con niveles de sonido más altos siempre y cuando sean autorizadas oficialmente por la alcaldía y cumplan con límites definidos.

Se excluyen de la normativa las denominadas zonas de servidumbre acústica, como áreas industriales o de infraestructura pesada, donde el ruido es inherente a la actividad.

Aunque aún no está vigente, las entidades tienen un plazo de 18 meses para reglamentarla plenamente.

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