Adiós a varias comisiones bancarias: nuevas reglas regirán desde enero
A partir de enero de 2027, los bancos tendrán prohibido cobrar determinadas comisiones por trámites y operaciones que hoy realizan sus clientes.
Se acabó parte del relajo con los cobros bancarios. La Superintendencia de Bancos de Panamá (SBP) aprobó nuevas reglas para ponerle freno a determinadas comisiones y recargos y darle un poco más de protección al bolsillo de los clientes.
Las nuevas medidas están contenidas en el Acuerdo No. 7-2026, del 25 de agosto de 2026, que modifica disposiciones del Acuerdo No. 4-2011 y comenzará a aplicarse el 4 de enero de 2027.
Una de las novedades que más puede interesar al pueblo es que los bancos no podrán cobrar comisión por depositar o retirar efectivo presencialmente de una cuenta de ahorro o corriente.
Eso sí, hay una excepción: el cobro podrá aplicarse cuando se trate de operaciones que impliquen manejo de efectivo en grandes cantidades.
Menos cobros por trámites
La nueva norma también elimina el cobro por designar o cambiar beneficiarios de cuentas de ahorro, corriente o depósitos a plazo fijo.
Tampoco se podrá cobrar por la emisión de la confirmación del mensaje relacionado con este trámite.
Y hay más. Los bancos no podrán cobrar por entregar al cliente cartas de saldo, cartas de referencia bancaria e historiales de pago, cuando estos documentos sean solicitados una vez al año.
También se establece que no podrán cobrar cargos por los pagos realizados presencialmente en las sucursales bancarias.
¿Y los préstamos?
Aquí también hay cambios.
La normativa amplía las reglas sobre cancelación anticipada de préstamos, pagos extraordinarios y migración de créditos.
Por ejemplo, si el cliente está al día con su préstamo y realiza un pago extraordinario, ese dinero deberá aplicarse al capital que todavía debe, es decir, a reducir la deuda principal.
El acuerdo también establece disposiciones relacionadas con las pólizas de seguros vinculadas a los préstamos.