Asamblea Nacional aprueba en tercer debate el derecho al olvido oncológico
El proyecto busca evitar que esta información sea utilizada para imponer condiciones más onerosas, exclusiones o limitaciones en contratos de seguros, productos financieros, servicios bancarios y otros procedimientos similares.
Panamá dio un paso hacia la protección de las personas que han superado el cáncer con la aprobación, en tercer debate, del proyecto de Ley 350, que establece el derecho al olvido oncológico y busca evitar que los antecedentes de esta enfermedad se conviertan en una barrera para acceder a servicios y oportunidades.
La iniciativa fue respaldada por el pleno de la Asamblea Nacional y plantea que, transcurridos cinco años desde la culminación del tratamiento sin recaída, las personas que hayan superado el cáncer no estén obligadas a declarar sus antecedentes oncológicos en determinados trámites y contratos.
El proyecto busca evitar que esta información sea utilizada para imponer condiciones más onerosas, exclusiones o limitaciones en contratos de seguros, productos financieros, servicios bancarios y otros procedimientos similares.
Con esta medida, se pretende fortalecer los principios de equidad, justicia social y no discriminación, permitiendo que quienes han superado la enfermedad no sean identificados de manera permanente por un diagnóstico que ya quedó atrás.
La propuesta establece, además, que el derecho al olvido oncológico no limita el uso del historial médico en el ámbito clínico ni busca afectar la atención de los pacientes. Su alcance está dirigido principalmente a impedir que antecedentes de enfermedades ya superadas sean utilizados como mecanismo de exclusión en espacios no médicos.
De convertirse en ley, Panamá se sumaría a otros países que han adoptado medidas para proteger a los sobrevivientes de cáncer y garantizar que su historial médico no represente indefinidamente un obstáculo para su vida financiera, laboral y social.
Etiquetas