Queda ibre ex alcalde de La Chorrera
El magistrado imputó a ambos exfuncionarios cargos por delitos contra la administración pública en la modalidad de diversas formas de peculado.
Durante una audiencia de solicitudes múltiples realizada ayer en el Sistema Penal Acusatorio (SPA), el juez de garantías Oscar Carrasquilla decretó ilegal la aprehensión del exalcalde de La Chorrera, Tomás Velásquez Correa, y del exingeniero municipal, Adriano Ferrer.
No obstante, el magistrado imputó a ambos exfuncionarios cargos por delitos contra la administración pública en la modalidad de diversas formas de peculado.
Además de ello, se impuso la medida cautelar de notificación periódica el día cinco de cada mes y mantenerse en la misma residencia.
Ambos exfuncionarios son parte de una investigación que implica una lesión patrimonial por el orden de los 120 mil dólares y que guarda relación con la construcción de un hogar para ancianos en el corregimiento de El Coco en el año 2019.
En esta audiencia, el juez Carrasquilla realizó varias observaciones a los representantes de la Fiscalía Anticorrupción, una de ellas por el hecho de carecer de una auditoría elaborada por la Contraloría General de la República que refrende el monto de la lesión patrimonial.
Cuestionó además el hecho de que dicha auditoría haya sido solicitada cinco días atrás.
El magistrado advirtió al fiscal que "tienen una deuda" dentro de este proceso de investigación.
Otro de los cuestionamientos del juez de Garantías fue la ausencia de la empresa que llevó a cabo el proyecto y de los funcionarios de la Contraloría General de la República que refrendaron la culminación de la obra en el 2019.
La defensa legal del exalcalde Tomás Velásquez estuvo a cargo del abogado Carlos Carrillo, quien en la etapa de imputación de cargos también interrogó a la fiscalía sobre la existencia de algún audito que avalara la presunta malversación de fondos.
Carrillo también basó su defensa en que por parte de la Contraloría General de la República o la Autoridad Nacional de Descentralización no se ha emitido concepto alguno en el que la obra no fue concluida según lo establecido en el contrato.
Etiquetas