Querellante: caso pinchazos prescribió, porque no se imputó

Querellante: caso pinchazos prescribió, porque no se imputó

Querellante: caso pinchazos prescribió, porque no se imputó

Por: Luis Miguel Avila / Crítica Impreso -

El abogado Ángel Luis Álvarez, quien fuera uno de los querellantes en el caso pinchazos, reconoció que ese proceso prescribió, porque no se imputó. "Oportunamente lo advertí, pésima justificación del entonces fiscal y MOVIN, para alterar las reglas de la justicia, dan al traste con la causa. La jueza de garantía debió leer la decisión del caso Arias, para no caer en error".

Cuando se daba el juicio pinchazos en la Corte Suprema, Álvarez advirtió al magistrado de garantías Jerónimo Mejía y al fiscal Harry Díaz, que era necesaria la imputación, pero estos hicieron caso omiso.

En un fallo reciente del pleno de la CSJ sobre el caso del diputado Arquesio Arias, varios magistrados resaltan que la mera admisión de una denuncia, no se considera como una imputación.

En tanto, el abogado Sidney Sittón sostuvo que es una "aberración jurídica” y un “disparate” que la jueza de garantías, Elkis Martínez, haya avalado la decisión del exmagistrado Jerónimo Mejía, de considerar la admisión de la querella contra Ricardo Martinelli como una imputación.

Sittón indicó que el Tribunal Superior de Apelaciones del Primer Distrito Judicial de Panamá debe revocar la decisión de la jueza Martínez, porque la imputación no puede ser asimilada con el acto de la admisión de la querella.

Sittón agregó que quien tiene la legitimidad para hacer una investigación es el Ministerio Público (MP), mientras que en este caso la querella fue presentada por particulares interesados en este proceso.

“El Ministerio Público no puede ceder a un particular la facultad que tiene para perseguir el delito, entonces esa imputación la puede realizar el Ministerio Público, la fiscalía. En esa imputación es cuando se te pone en conocimiento de los hechos jurídicamente relevantes, por eso existe una conexión entre imputación, acusación y sentencia, porque los hechos de una imputación no pueden variar”, insistió.

Ante esto, el jurista indicó que Martínez no podía equiparar la admisión de una querella hecha por un particular con el acto de imputación, que solo lo puede hacer el MP.

“Son dos actos totalmente diferentes y en una querella no se ponen en conocimiento de la persona los hechos jurídicamente relevantes, eso es un disparate lo que ha dicho la jueza Elkis Martínez Agrazal”, indicó.

Sittón enfatizó que el problema en Panamá es que todo los jueces y magistrados del Sistema Penal Acusatorio (SPA) llegan a sus cargos por la “ventana”.

“Ninguno fue a concursos de oposición a mérito, y en consecuencia ¿cómo puede existir independencia judicial?... eso se da cuando tú te has ganado la posición en un concurso”.

De forma clara, el abogado señaló que el Tribunal de Apelaciones, luego de revocar la decisión de la jueza Martínez, debe declarar la prescripción del caso pinchazos, “ya que ella está contando la admisión de la querella como si fuese la imputación, lo cual es una aberración, ese es un acto aberrante el que ha hecho esta funcionaria”.

Por su parte, la abogada Alma Cortés, miembro del equipo de defensa del expresidente, indicó que este tipo de errores se da por falta de actualización de algunos jueces, algunos de ellos que fallan por presiones mediáticas.

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