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Se acabó jodienda de bulleros aprueban ley para multarlos

La Asamblea Nacional aprobó en tercer debate el proyecto de ley 751 que promete acabar con los escándalos en las calles y barriadas prohibiendo el ruido excesivo y aplicando multas de hasta $1,000 a los bulleros.

El proyecto que fue presentado por los diputados Juan Diego Vásquez y Everardo Concepción espera la sanción del presidente Laurentino Cortizo para convertirse en ley.

Se implementará un estricto sistema de medición del ruido, con medidores de decibelios proporcionados a la Policía. Los agentes podrán acudir a fiestas, hogares y negocios para evaluar los niveles de ruido. Aquellos que superen los límites permitidos se enfrentarán a sanciones y hasta el cierre de negocios en el caso de empresas.

El tráfico tampoco será una excepción, ya que se instalarán medidores de ruido en las calles para controlar los niveles de sonido emitidos por sistemas en vehículos y bocinas. Los conductores que sobrepasen los límites establecidos, serán multados.

Establecimientos de ocio y entretenimiento, como bares, discotecas, restaurantes y almacenes, serán objeto de un escrutinio.

Además, la ley otorga a la policía la facultad de imponer multas y arrestar a cualquier persona que supere los niveles de ruido establecidos.

El proyecto detalla que las autoridades encargadas de la aplicación de esta Ley, en el ámbito de sus respectivas competencias, son los Gobiernos Locales a los que el Ministerio de Salud haya, expresamente, autorizado para realizar mediciones de ruidos e imponer sanciones por infracciones en el ámbito municipal. También la Caja de Seguro Social en todos los temas relativos al área de salud ocupacional.

Las multas van desde B/.500.00 a B/.1000.00. en zonas hospitalarias y educativas, se impondrán multas de B/.200.00 por bocinas excesivas, mientras que en áreas protegidas y patrimonio forestal del Estado, las multas oscilarán entre B/.300.00 y B/.3000.00. Para los casos de ruido excesivo denunciados por quejas vecinales, las multas van desde B/.50.00 a B/.500.00.

Uno de los aspectos destacados de esta ley es la prohibición del uso de pirotecnia y fuegos artificiales que generen ruido en zonas residenciales o de habitación, a menos que cuenten con una autorización expresa del Ministerio de Salud. Se exceptúa la pirotecnia luminosa que no produzca ruidos en fiestas nacionales o días feriados.

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