Peculado de uso
Sorpresa e indignación ha producido en la opinión pública la denuncia de los exescoltas del la viceministra de Desarrollo Social (Mides), Zulema Sucre, quienes señalaron que su exjefa los obligaba a pasear diariamente a su mascota en horas de oficina. Más allá de lo insólito, el caso es serio porque, de comprobarse, estaríamos ante un claro caso de peculado.
Tanto es así que la propia administradora de la Autoridad de Transparencia y Acceso a la Información (Antai), instancia en la que se presentó inicialmente la denuncia, ha dicho que estamos más allá de ser un simple caso administrativo o disciplinario, razón por la cual pasará el expediente al Ministerio Público para que inicie una investigación penal.
Lo cierto es que el Código Penal panameño es claro en su artículo 341, al señalar que “el servidor público que para fines ajenos al servicio use en beneficio propio o ajeno, o permita que otro use dinero, valores o bienes que estén bajo su cargo por razón de sus funciones o que se hallen bajo su guarda, será sancionado con prisión de uno a tres años o su equivalente en días-multa o arresto los fines de semana”.
Continúa la norma en mención señalando que: “la misma pena se aplicará al servidor público que utilice trabajo o servicios oficiales en su beneficio o permita que otro lo haga”.
Esto es lo que en la doctrina jurídica se llama “peculado de uso”. Si, efectivamente, se usó a los escoltas en horas de trabajo para pasear al inefable perrito Gucci, que ya saltó a la fama, estaríamos ante el supuesto de hecho, sancionado por la norma.
Más allá de eso, lo que salta a la vista es el olímpico desprecio de la élite política gobernante por el resto de la sociedad, ya que resultan intolerantes estas conductas.
Ojalá el Ministerio Público investigue y que no se imponga el “no pasa nada” cuando de allegados al actual gobierno se trata.