CSJ declara legal conducción de empresario

Por: José González Crítica -

El pleno de la Corte Suprema de Justicia (CSJ) declaró legal la orden de conducción dictada en contra del empresario Dilvio Miranda, acusado de la presunta comisión del delito de blanqueo de capitales dentro del proceso penal sobre el Proyecto de Sistema de Riego y Multipropósito Integral del Valle de Tonosí, en la provincia Los Santos.

El fallo unánime de la CSJ en la ponencia del magistrado Harry Díaz surgió al resolver un recurso de hábeas corpus preventivo presentado por el abogado Humberto Serrano Levy, actuando en representación de Miranda, y en contra de la orden de conducción decretada por la fiscal Tercera Anticorrupción, Zuleyka Moore.

La defensa de Miranda sustenta el recurso en que la fiscal Moore "no respeta la ley, ni la Constitución, ni los derechos humanos de los investigados". Advierte que la Fiscalía ha ordenado fuera del término de instrucción sumarial la detención de la mayoría de los imputados en este proceso, lo cual es indicativo que en este caso en particular también ordenaría el arresto.

El recurso establece que la Fiscalía infringió el artículo 23 de la Constitución, al ordenar la conducción e indagatoria de Miranda bajo cargos de supuesto blanqueo de capitales por el hecho de recibir cheques justificados de la empresa Hidalgo & Hidalgo, a quien le ha ofrecido desde el 2007 servicios de asesoría en temas de licitación pública.

El fallo de la Corte indica que en efecto la Fiscalía giró orden de conducción contra Miranda tras la formulación de cargos, decisión que materializó a través de diligencia del 31 de julio de 2015, la cual está motivada, de modo tal que su emisión no ha infringido el debido proceso establecido en la Constitución y en las leyes de la República.



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