Hallan equipos para la extracción de minerales en Colón

El hallazgo se dio durante un patrullaje de control y vigilancia en la operación denominada “Cóndor”, como una forma de prevenir los delitos ambientales.
En el área a orillas de este río de este municipio colonense, se encontraron 6 motobombas, dos motosierras, y un arma de fuego, tipo escopeta.

En el área a orillas de este río de este municipio colonense, se encontraron 6 motobombas, dos motosierras, y un arma de fuego, tipo escopeta.

Por: Diomedes Sánchez / Crítica -

Este fin de semana, agentes de la Dirección nacional de la Policía Nacional ambiental, rural y turística (Dinapart) dieron con el hallazgo de varios equipos utilizados en la extracción de mineral en un río del distrito Omar Torrijos Herrera, Costa Abajo de la provincia de Colón.

Este fue el resultado de un patrullaje de control y vigilancia en la operación denominada “Cóndor”, como una forma de prevenir los delitos ambientales.

En el área a orillas de este río de este municipio colonense, se encontraron 6 motobombas, dos motosierras, y un arma de fuego, tipo escopeta.

Dinapart realizó coordinación con la Fiscalía superior especializada en delitos ambientales para que se inicie la investigación del caso.

Porfirio Justavino, director regional del Ministerio de Ambiente en Colón, indicó que Mi AMBIENTE se mantiene atendiendo denuncias ambientales, en conjunto con unidades de la Policía Ambiental y la Fiscalía de Ambiente. También se realizan frecuentemente recorridos y patrullajes por las áreas protegidas, zonas costeras, boscosas y poblados de la provincia de Colón.

Las prácticas de esta actividad, sin las medidas de mitigación correspondientes, deterioran los ecosistemas, contamina el agua y provoca la pérdida de los bosques.


La ley 41, General del Ambiente contempla en su articulado que “Toda persona natural o jurídica que emita, vierta, disponga o descargue sustancias o desechos que afecten o puedan afectar la salud humana, pongan en riesgo o causen daño al ambiente, afecten o puedan afectar los procesos ecológicos esenciales o la calidad de vida de la población tendrá responsabilidad objetiva por los daños que puedan ocasionar graves perjuicios, de conformidad con lo que dispongan las leyes especiales relacionadas con el ambiente”.

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