Le revocan sentencia absolutoria y lo condenan 30 años de prisión

Le revocan sentencia absolutoria y lo condenan 30 años de prisión

Le revocan sentencia absolutoria y lo condenan 30 años de prisión

Por: José Vásquez /Web -

La Corte Suprema de Justicia (CSJ) revocó el fallo absolutorio del Tribunal Superior de Justicia del Tercer Distrito Judicial  de Chiriquí al sargento primero de la Policía Nacional, Carlos Iván Chávez y lo condena a  30 años  de cárcel por el femicidio de Eloísa Sánchez, de 28 años, quien murió por un impacto de bala que recibió dentro de su residencia el día 27 de julio del 2015.

En el mes de noviembre del 2016, la unidad policial fue llevada a juicio ante tres magistrados del Tribunal Superior de Justicia del Tercer Distrito Judicial, los cuales emitieron un fallo absolutorio a favor del agresor.

Esto género que el Ministerio Público a través de la Fiscalía Primera Superior de Chiriquí, apelará la decisión ante la Corte Suprema de Justicia, que en segunda instancia a través de la Sala Segunda de lo Penal, y por medio la sentencia emitida decidió revocarla y en su efecto ordenar el cumplimiento de la condena.

En sus consideraciones la Corte Suprema de Justicia hizo valer las fallas de valoración argumentadas en primera instancia para dictar la sentencia, y para ello se tomaron en cuenta pruebas que en su momento fueron presentadas en juicio por parte del Ministerio Público.

Este hecho penal se dio cuando el hoy condenado agente de la Policía Nacional, en ese momento llegó a la residencia de la víctima quién era su pareja sentimental  y en medio de una discusión esta recibe un impacto de bala, que le provoca la muerte.

En ese entonces la fiscal primera superior en la provincia de Chiriquí, Idalgis Olmos fue quien llevó las investigaciones y apelo la desecación de los magistrados en absolver de responsabilidad a la unidad policial.

La unidad policial permaneció detenido en la Cárcel Pública de David, hasta la fecha de la audiencia, donde después del fallo fue dejado libre y restituido en la Policía Nacional y ahora se busca para hacer cumplir la sentencia impuesta.

En el inicio de las investigaciones el sargento se acogió al artículo 25 de la Constitución Nacional, evitando ser indagado.

Durante los hechos se pudo demostrar la unidad policial mantenía una relación sentimental con la hoy occisa a la que  impacto con el arma en la cabeza, causándole la muerte.

Por su parte los familiares de la hoy occisa  señalaron que la decisión de la Corte Suprema hace justicia por la muerte de Eloísa Sánchez.

El expediente fue iniciado por la Personera Municipal de Alanje, quien le formuló cargos  por el delito de femicidio.

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