Sucesos - 24/1/14 - 10:35 AM

Presentan denuncia criminal contra la ACP

Por: -

Redacción
Web


Usuarios de los hangares de Diablo junto a su representa legal, Silvio Guerra, presentaron otra denuncia criminal por  en contra de directivos de la Autoridad del Canal de Panamá por la destrucción ilegal de una estructura.

La denuncia se fundamenta en el supuesto delito por daños a la propiedad privada.


Los afectados calificaron de mentirosa a la Autoridad del Canal de Panamá, luego de que esta entidad procediera a derribar un hangar, pese a que existía un amparo favorable que impedía la ejecución de la demolición y el desalojo.

Añadieron que es lamentable que algunos directivos de la Autoridad del Canal de Panamá cometan estos exabruptos y errores garrafales que le restan credibilidad y seriedad, lo que es preocupante ante las negociaciones que se realizan para que los trabajos de ampliación no se paralicen.

Posición de la ACP

Por su parte, la Autoridad del Canal de Panamá (ACP), comunica a través de una nota de prensa, que adelanta un proceso desde 2013 para ordenar la Finca 196273 conocida como el área de hangares de Diablo, la cual es patrimonio económico del Canal.

En este proceso, la ACP ha actuado dentro de lo que establecen las leyes y normas que rigen en la República de Panamá. Además, establecido acuerdos de salida voluntaria con muchos ocupantes que reconocen que las tierras que han utilizado en la finca 196273 son patrimonio de la ACP, y que no cuentan con contrato de arrendamiento con esta que le permita su uso, el cual produciría beneficios económicos que el Canal entregaría al Estado, y que a través de este último, lleguen a todos los panameños.

Sobre el caso presentado el martes 21 de enero de 2014 por la firma Guerra & Guerra ante los medios de comunicación social, aclaramos que se trata de un proceso de desalojo ya concluido y ejecutado conforme a los procedimientos que dispone el Código Administrativo para los procesos de controversias civiles de policía para esos casos.

Este proceso le fue notificado al ocupante, quien asistió a la audiencia y no presentó documento que justificara su ocupación, por lo que se ordenó el desalojo.


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