Con el fin de evitar desórdenes y molestias a las personas que disfrutan de las festividades del Carnaval capitalino, la Alcaldía de Panamá dicta medidas conducentes para que durante la celebración de estas fiestas, a realizarse del 4 al 8 de marzo, impere el orden público, la seguridad, la decencia y la moralidad.
Según el Decreto 700 de 14 de febrero de 2011, en su Artículo Tercero, queda prohibido a los llamados resbalosos usar látigos, jeringuillas o cualquier mecanismo de coacción para pedir dinero, así como lanzar harina, productos químicos y confeti minúsculo u otro objeto que pueda lesionar o ensuciar a las personas.
Queda prohibido portar armas blancas o de fuego (aun con permiso). Solo se permitirá la venta y consumo de comidas y bebidas alcohólicas en envases plásticos o material similar.
Tampoco se podrán usar disfraces cuya imitación se preste a confusión con los uniformes de la autoridades que brindan protección y otras instituciones de seguridad, a partir de las 6:00 p.m.
El decreto, firmado por el alcalde Bosco Ricardo Vallarino, establece que los fuegos pirotécnicos serán permitidos desde el viernes 4 hasta el martes 8 de marzo, entre las 7:00 p.m. y las 12:00 a.m., y deberán ser manejados por adultos o empresas autorizadas por la Oficina de Seguridad del Cuerpo de Bomberos de Panamá.