El procurador encargado, Giuseppe Bonissi, pidió al pleno de la Corte Suprema de Justicia que declare inconstitucional parte del artículo 196 del Código Penal, lo cual permitiría que todos los funcionarios puedan querellar penalmente, si son cuestionados por actos en ejercicio de sus funciones y que ellos consideren lesivos a su honor.
La opinión de Bonissi figura al exponer su criterio en una advertencia de inconstitucionalidad interpuesta por el abogado Sidney Sitton en representación de Juan Carlos Tapia en un proceso por el delito contra el honor promovido por el secretario de prensa de la Presidencia, Alfredo Prieto.
Sitton consideraba que los funcionarios interpretan mal el artículo 196, el cual inhibe a los más altos servidores del Estado (presidente, vicepresidente, ministros, viceministros, magistrados, procuradores, etc.) a accionar contra las personas que los cuestionan en ejercicio de sus funciones, ya que el funcionario al demandar penalmente se coloca en una situación privilegiada frente al particular.
La defensa de Tapia consideraba ilógico e inadmisible que si el presidente de la República no puede demandar por supuesta ofensa al honor, sí lo pueda hacer un funcionario de inferior categoría.
Interpuse esa advertencia para que la Corte interpretara adecuadamente la norma citada para que a futuro no se siguieran dando demandas de este tipo contra comunicadores sociales, pero me entero de que se quiere declarar inconstitucional el artículo 196 del Código Penal, expresó Sitton.